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En fallo unánime, la Cámara de Casación Penal de Paraná confirmó las condenas a perpetua de Ezequiel David Morato y de Francisco Nahuel Giménez, por el delito de homicidio triplemente agravado del contador Gonzalo Calleja. Ambos habían sido hallados culpables por un jurado popular el 31 de marzo de 2023. De esta manera, el tribunal integrado por Marcela Badano, Darío Perroud y Gustavo Pimentel decidieron "confirmar la sentencia dictada en ocasión del Juicio por Jurados para Exequiel Morato y Francisco Giménez por el homicidio de Gonzalo Calleja", se pudo conocer.
El crimen
El contador Gonzalo Calleja, empleado de una empresa constructora de Paraná, fue asesinado la tarde del 14 de julio de 2021 en la zona de Suipacha y Pringles, detrás del Complejo Escuela Hogar Eva Perón, cuando había ido a cerrar una transacción: el cambio por pesos de 12.500 dólares.

Lo había citado Morato, con quien había trabado relación comercial en abril de 2021. Calleja llegó en su auto, un Ford Fiesta, lo estacionó en la cercanía y fue al encuentro de su cliente, que lo esperaba en su vehículo, un Fiat Uno.

Calleja llevó la mochila consigo, los dólares, y subió al Fiat Uno, donde fue asesinado. Una vez que Calleja estaba sentado en la butaca delantera derecha del auto, lo atacaron por sorpresa, presionándole su cuello, causándole la muerte por la asfixia mecánica con efecto respiratorio y nervioso.
Resolución
En su voto, la vocal Marcela Badano -al que adhirieron Gustavo Pimentel y Darío Perroud- rechaza la tesis de la defensa de que no hubo un plan para matar a Calleja, indica Entre Ríos Ahora. Y sostiene que “de la prueba que se agregó, no es extravagante suponer que se organizó un plan: Morato debía pagar una deuda, y prometió hacerlo en un plazo, lo que está probado; en el momento que citó a Calleja, no contaba con ese dinero. Citó a Calleja, entonces, sabiendo que vendría con una importante suma, de la que se apoderó. Y no fue solo, sino con alguien en el asiento de atrás que lo sorprendió y presionó su cuello hasta matarlo. Ese plan, así trazado, y llevado a cabo, es suficiente para la figura, y para las inferencias realizadas”, señala la resolución dada a conocer este lunes.
El juicio
Cabe recordar que el juicio por jurados, fue presidido por el vocal del Tribunal de Juicio de Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, quien dispuso en principio, la continuidad de prisión preventiva de Morato y la detención de Giménez y su prisión preventiva debiendo cumplirla en la Unidad Penal de Paraná.

El Ministerio Público Fiscal representado por los fiscales Ignacio Arramberry y Santiago Alfieri, solicitaron la pena de prisión perpetua para ambos imputados. El pedido fue acompañado por la querella representada por los abogados Iván César Vernengo y Damián Pettenatti.
Recurrieron la condena
Contra la sentencia condenatoria recurrieron en casación las defensoras oficiales de Morato, Romina Cian y María Fernanda Álvarez, y de Giménez, Claudio Berón.

Cian y Álvarez, por su parte, plantearon una “errónea” aplicación de la ley y sostuvieron que Morato, no debió ser declarado culpable del delito de homicidio triplemente calificado sino por el delito de homicidio en ocasión de robo.

Claudio Berón -que asumió la defensa de Giménez en reemplazo de Juan Domingo Cabrera, sostiene que durante el juicio por jurado que terminó en condena hubo una “defensa ineficaz”, y que en las audiencias se introdujeron elementos invalidantes que “inclinaron la balanza” por la culpabilidad de su defendido. El letrado entendió que en el juicio por el crimen de Calleja se dieron esos dos supuestos y que así lo planteó en el escrito que presentó ante Casación en marzo de 2023, antes de que se conociera el fallo condenatorio.

“Mi planteo fundamental es que hubo una defensa ineficaz de Giménez. Hubo una serie de irregularidades que afectaron el derecho de defensa, por lo cual pedimos la nulidad del veredicto y que se haga un nuevo juicio”, señaló el letrado.

“Durante el debate el fiscal y la Policía, siempre ante la pasividad de la defensa, introdujeron antecedentes. Ni siquiera son antecedentes; se mencionaron otras causas en trámite que tiene mi defendido. Sin dudas, a mi entender, esto afectó a los jurados. El jurado debía decidir, e inclinó la balanza para darle la culpabilidad”, apuntó.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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