Argumentos del juez
El magistrado Bonazzola remarcó que "tengo por cumplimentada la exigencia de la imposición de la medida cautelar”. Añadió que hay “acreditación, con grado de probabilidad, que entiendo acreditada con el análisis y la descripción de evidencias que ha efectuado la fiscalía en su alegato y al ejercer el derecho de réplica. Y que con la provisoriedad propia de esta etapa, que no estamos juzgando la conducta de los imputados, sino su grado de participación de un hecho punible”.Y entendió que con las alegaciones de las defensas “no está rebatida”. “Con la provisoriedad propia de esta audiencia, los argumentos defensivos, si bien valiosos, no alcanzan a juicio del suscripto a desvirtuar la hipótesis acusatoria”, agregó el juez.“Coincido con las defensas en cuanto al peligro de fuga que no alcanzan la mera existencia de antecedentes penales condenatorios en los imputados pero sí observo y entiendo comprobado la existencia de riesgo, peligro de entorpecimiento de la investigación, que es incipiente, reciente, falta mucho por investigar, hay testigos que pueden surgir y aportar elementos de importancia al esclarecimiento del hecho y se circunscriben a la zona o barrio donde habitan los imputados y donde habría ocurrido el hecho”, expresó el juez. “Es menester cautelar proteger estos testigos; entiendo que con los imputados en plena libertad constituye un obstáculo”, completó.
“La investigación es incipiente, falta mucho por investigar, falta el hallazgo de elementos de gran importancia, como el celular de la víctima, el vehículo en el cual habría sido traslado hacia el lugar de destino final; y la fiscalía debe poder contar con todos los elementos para ello con la tranquilidad necesaria de que los imputados no entorpezcan esa investigación”, puntualizó Bonazzola.