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La novedad se publicó el martes en el Boletín Oficial. A través del Decreto 3.081, fechado el 2 de diciembre de 2019. La disposición autoriza a la Fiscalía de Estado a formalizar el acuerdo indemnizatorio con la familia de Mario Alberto Morales, que murió luego de ser atropellado por un chofer oficial.

Los hermanos de Morales promovieron una instancia de mediación con el Gobierno de Entre Ríos, debido al siniestro vial ocurrido el 3 de octubre de 2018, cuando Carlos Alberto Morales, de 38 años, fue embestido por un vehículo dominio INZ 175, propiedad de la Provincia de Entre Ríos, conducido por el funcionario policial Carlos Miguel Bergeri.
Reparación del daño
Según se puede leer en el decreto mencionado, la familia Morales “reclamó una suma de $360.000, atribuyendo responsabilidad directa del funcionario policial que conducía el vehículo y la Provincia de Entre Ríos como titular del vehículo mediante el cual el hecho se cometió”.

La disposición publicada en el Boletín Oficial precisó además “que el reclamo de indemnización por daño moral promovido por los requerientes es razonable, especialmente en razón de los montos de indemnización que por este rubro se pretenden en perspectiva a los bienes jurídicos protegidos en las presentes”.

Se agregó en el texto: “También es cierto que la misma Ley de Responsabilidad del Estado, en su artículo 7º establece que los agentes que por acción u omisión - incurriendo en dolo o culpa y/o obligaciones legales impuestas, causaren daños a terceros o al Estado, son personalmente responsables de tales daños”.

“En el marco de la posibilidad de un acuerdo conciliatorio, se debe merituar la equidad de tramitar un acuerdo transaccional que permita al Estado provincial realizar un aporte que repare una porción de aquello que conformó la pretensión de reparación del daño y simultáneamente celebre un convenio con el funcionario policial involucrado que recupere tales importes”, se especificó más adelante.

Por esa razón, se autorizó a la Fiscalía de Estado a formalizar una indemnización “por un importe total no superior a la suma de $ 436.680.00”. También se encomendó “la celebración de un acuerdo con el señor Carlos Miguel Belgeri para el recupero de la suma erogada con más los intereses en la forma propuesta”.

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Juicio y condena
La fatalidad también tuvo una resolución penal tiempo atrás. La causa fue caratulada “Belgeri, Carlos Miguel s/ Homicidio culposo”, y tramitó en el Juzgado de Garantías Nº 4 a cargo de José Ruhl. En ese legajo “se dictó sentencia y condenó al imputado por el delito de homicidio imprudente, agravado por la conducción antirreglamentaria de vehículo automotor prevista en el artículo 84º bis del Código Penal”.

Precisamente, el artículo 84 bis indica que será reprimido con prisión de 2 a 5 años e inhabilitación especial, en su caso, por 5 a 10 años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte.

Belgeri fue condenado en un juicio abreviado a 3 años de prisión condicional más inhabilitación por 5 años para conducir. Las pericias comprobaron que el vehículo oficial era conducido a más de 87 kilómetros por hora; y también probaron que Morales cruzó indebidamente la calle.

Las crónicas periodísticas contaron que Morales fue embestido en calle Blas Parera, en la zona de la Escuela San Martín, donde vivía. El hombre estaba cruzando la calle junto a otras tres personas cuando fue atropellado. Posteriormente lo trasladaron al Hospital San Martín, donde fue atendido de urgencia, pero murió a los pocos minutos.

Belgeri, un sargento de la Policía que entonces tenía 41 años, se desempeñaba como chofer de la secretaria de Comunicación del Gobierno provincial, Maricel Brusco, aunque iba solo al momento del siniestro. Manejaba un automóvil Volkswagen Vento de sur a norte.
Fuente: Análisis

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