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La Cámara de Senadores deberá debatir un proyecto de ley ingresado en la última sesión, que tiene por objeto asignar un “cupo especial” sobre las unidades habitacionales construidas por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV).

El cupo estaría destinado a “aquellas personas que no conformen grupo familiar alguno” y que “acrediten, como mínimo, seis años de residencia en la provincia, anteriores al momento de la adjudicación”.

La propuesta fue presentada por el senador departamental por Concordia, Armando Luis Gay (Frente Justicialista Creer Entre Ríos), con el acompañamiento de otros 12 legisladores, tras lo cual fue destinada a tratamiento en la Comisión de Legislación General.
Razones para su aprobación
La fundamentación del proyecto parte del entendimiento de que en la actualidad los planes de viviendas sociales están destinados a grupos familiares y que “el establecimiento de cupos se viene realizando por medio de resoluciones del Directorio, no habiéndose contemplado la situación de aquellas personas que no conforman grupo familiar alguno, quedando relegados de todo programa habitacional”.

“Se entiende la existencia de prioridades, como la necesidad de contar con cupos para abordar en forma equitativa la situación de todos los entrerrianos y entrerrianas, pero que esto no implique lisa y llanamente convertirse en una prohibición”, se esgrime en uno de los considerandos.

También se plantea que debería existir la alternativa de crear complejos habitacionales que cuenten con las dimensiones acordes para aquellas personas que vivan solas, sin conformar ningún grupo familiar, “lo que impactaría en construcciones de menor costo”, de acuerdo al punto de vista de esta iniciativa. “Entendemos que se deben buscar decisiones justas -continúa diciendo la argumentación-, donde se contemplen las asimetrías existentes, como la situación de grupos que generalmente son relegados en la implementación de diversas políticas públicas, como es el caso de las personas que no conviven con ningún grupo familiar, limitando incluso que se preste a situaciones de conformar grupos simulados, con la única finalidad de poder eventualmente ingresar en algún plan de vivienda”.

“No se trata de confrontar los diferentes grupos que requieren atención en su necesidad de acceso a la vivienda”, se deja aclarado en la fundamentación del proyecto, “sino por el contrario, generar una política sostenida del acceso de la forma más amplia posible, entendiendo la limitación de recursos existente”.
Reglamentación, requisitos y adjudicación
El IAPV, como autoridad de aplicación, tendría la misión de reglamentar la ley y “establecer los demás requisitos que permitan acceder a la adjudicación” en un plazo de 90 días, a partir de la aprobación de la Legislatura y la promulgación de la Gobernación.

“Dicha reglamentación deberá establecer además el porcentaje del cupo especial de las viviendas construidas en cada municipio a destinarse a personas que no conforman grupo familiar alguno”, propone un apartado del artículo 2º.

Para poner en práctica una eventual legislación de este tipo, se deberá disponer la creación de un registro único de aspirantes: “Ingresarán al mismo aquellas personas solas que cumplimenten con los requisitos exigidos en la reglamentación que a tal efecto se dicte”.

Una vez acreditados los requisitos, las viviendas sociales del posible “cupo especial” se adjudicarán en propiedad “conforme las disposiciones generales establecidas por el IAPV”.
Fuente: El Entre Ríos

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