El contenido de la intimación
En la carta documento, Cabrera se identifica en su carácter de "inspectora municipal y persona directamente afectada" por las manifestaciones públicas de Zárate. La funcionaria otorgó un plazo perentorio de 48 horas para que la comerciante "ratifique o rectifique en forma expresa, clara, pública y fehaciente" los términos que considera agraviantes e injuriantes. La inspectora es personal de planta permanente del municipio, con más de 25 años de servicio y una sólida formación: es egresada del Bachillerato Humanista Moderno y Profesora de Lengua y Literatura, especialmente conocida en el ambiente educativo por la enseñanza del latín y el griego. Además, ha completado una Licenciatura en Educación restándole únicamente la defensa oral de la tesis que ya fuera aprobada con 10.La carta que le envió a la comerciante detalla específicamente las frases que motivaron la acción legal, citando textualmente lo dicho por la Zárate:
"Vos tenés dos denuncias que nosotros te hicimos por abuso de autoridad, para que lo vea el Intendente Azcué como joden e interrumpen y molestan y joden al laburador y que genera empleo, quiero que esto salga en todas las redes sociales, estamos habilitados por gastronómicos".
Sin embargo, el punto de mayor conflicto radica en la acusación directa de cohecho. Según el texto legal, la comerciante habría manifestado: "¿La señora quiere coima?", además de tratar a la inspectora de "corrupta, coimera, negra de mierda".
Daños al honor y posible vía judicial
Cabrera sostiene en la misiva que los dichos de Zárate le provocaron una situación de "extrema humillación, exposición y escarnio público", afectando su honor, dignidad, reputación y salud psíquica. Fundamenta su reclamo en artículos de la Constitución Nacional (Art. 19), el Código Civil y Comercial, el Código Penal y la Ley Antidiscriminatoria (23.592).Además de la rectificación, la inspectora exige que la destinataria:
• Formule disculpas públicas y pedido de perdón.
• Reconozca que "no existió conducta delictiva, corrupta, abusiva ni persecutoria" por parte de la funcionaria.