La denuncia derivó en la intervención de los organismos de contralor, quienes concluyeron que el producto es “apócrifo”. En consecuencia, señala la resolución, “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.

La denuncia derivó en la intervención de los organismos de contralor, quienes concluyeron que el producto es “apócrifo”. En consecuencia, señala la resolución, “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.