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La Justicia de Gualeguaychú condenó al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (Iapser) a cubrir los servicios médicos de la docente Estela Lemes, quien sufre problemas de salud producto de las fumigaciones que sufrió mientras daba clases en una escuela rural del sur de la Provincia, entre 2008 y 2012.

El fallo favorable está fechado el 8 de abril y fue dictado por la Sala II Laboral de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, integrada por los jueces Vicente Martín Romero, Alberto Adrián Welp y Fabián Arturo Ronconi.

La docente fue fumigada cuando se desempeñaba en la Escuela Rural Nº 66 Bartolito Mitre, en Costa Uruguay Sur, una pequeña población en las afueras de la ciudad de Gualeguaychú. Durante años, la maestra y sus alumnos fueron pulverizados en varias oportunidades. En 2010 llevó la situación a la Justicia. A raíz de ello, Lemes sufrió severos problemas de salud. En 2014, se le detectó una enfermedad producto de la exposición a los venenos, una polineuropatía que le afectó los músculos, el equilibrio y la capacidad respiratoria.

La docente fue a la Justicia Laboral y pidió que el Instituto del Seguro y el Gobierno de Entre Ríos se hagan cargo de su tratamiento, pero el titular del Juzgado de Trabajo Nº1 de Gualeguaychú, Luis Frosch, falló en su contra. Dicha resolución fue firmada el 9 de febrero de 2018. El magistrado basó su fallo en una pericia elaborada a fines de 2017 por el médico neurólogo Eduardo Chesini, quien consideró que la maestra no sufría ninguna dolencia. La demandante advirtió que el juez omitió evaluar el dictamen del perito médico Mariano De Britos, quien sostuvo que sufría de “síndrome químico múltiple por exposición a pesticidas organofosforados”.

Contra ese fallo, la docente fumigada presentó un recurso de apelación ante la Sala II Laboral de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú. Finalmente, el 8 de abril de este año el Tribunal decidió hacer lugar a su recurso y revocó el fallo de primera instancia.

El juez Vicente Romero fue el primero en expresarse a favor de la docente, pero también compartiendo ponderaciones del juez laboral de primera instancia. “Dando respuesta sin más al recurso interpuesto contra el fondo de la acción, adelanto opinión en sostener que propondré la revocación del fallo puesto en crisis, y por ende la admisión del recurso y de la demanda, no obstante, lo haré aun compartiendo varias de las ponderaciones efectuadas por el Dr. Frosch, y de ahí que corresponde hacer lugar al remedio, aunque no en toda la pretensión requerida por la accionante recurrente en estas actuaciones”, señaló. Luego, agregó: “Ello porque del marco probatorio sucedido en autos, surge que la actora Lemes ha quedado con secuelas actuales y definitivas -dermatológicas constatadas por la perito Dra. Mariano de Britos- con motivo de las fumigaciones que sufrió en su ámbito laboral, siendo que en mi opinión, aquellas dolencias guardan relación de causalidad con las tareas y concretamente con el ambiente donde esta trabajaba y vivía, ya que estuvo expuesta durante mucho tiempo a convivir en el lugar de trabajo -escuela rural n° 66 Bartolito Mitre-, localizada en medio de un área agrícola donde se fumigaba tanto en forma aérea como terrestre”.

Por esas consideraciones, condenó al IAPSER a abonar $ 679.537,63, en el término de diez días de quedar firme el fallo; y a otorgar a Lemes las prestaciones en especie que esta requiera. A su pronunciamiento adhirió el juez Welp, mientras que Ronconi se abstuvo.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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