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El gobierno de Entre Ríos definió un procedimiento respecto a la documentación de valor jurídico, contable, histórico y cultural a resguardar, además de un reglamento para su transferencia al Archivo General de la provincia.

De esta manera, se autoriza “la destrucción de los documentos y expedientes administrativos culminados y/o archivados en la Administración Central con una antigüedad mayor a los 10 años”, según versa el primer artículo de decreto 2651.

Para ello, la provincia aprobó “un procedimiento para la destrucción de documentos y expedientes administrativos de aplicación obligatoria para la administración central, salvo las reparticiones que por su especificidad cuenten con un procedimiento propio”, además del “procedimiento para la transferencia de documentación al Archivo General”.

Llegar a esta instancia tiene que ver con el Plan de Modernización del Estado que lleva adelante la provincia “en materia de despapelización de los procedimientos administrativos, transparencia de gestión pública y resguardo de sus documentos”, y para hacerlo la provincia estableció “un ordenamiento de la normativa en materia de eliminación de la documentación pública provincial carente de valor jurídico, contable, histórico y cultural”, además de contemplar que “la situación de acumulación de documentación en los archivos públicos repercute en las finanzas públicas, debido al gasto destinado al alquiler y mantenimiento de inmuebles destinados para su uso”.

También se tuvo en cuenta la ley 7452/85, que establece al Archivo General de la provincia como "el organismo encargado de evaluar y seleccionar la documentación de los organismos de la administración pública provincial por su valor informativo, histórico y cultural, para ser conservados a perpetuidad, en condiciones que garanticen su integridad y transmisión a las generaciones futuras”.

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