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A las 8:14 de este viernes se dio lectura al adelanto de veredicto en la causa Los Charrúas. Desde Tribunales llegan los primeros datos gracias a un cronista de El Entre Ríos.

En la sala de audiencias Nº1, el tribunal presidido por el juez Mariano Caprarulo, secundado por Silvina Gallo y Eduardo Degano, dio a conocer su veredicto en la causa caratulada “LARROCCA, JULIO CESAR; DOUBÑA, ALEXANDRE EMMANUEL y SEGOVIA, RAMON JOSE S/ FALSEDAD IDEOLOGICA (Y PECULADO EN CONCURSO IDEAL)”.

En concreto dijeron que arribaron a un fallo de forma unánime. En el siguiente orden, comunicaron:

Alexander Doubña fue absuelto de culpa y cargo por el delito de peculado; mientras que recibió una condena de 1 año de prisión condicional más la orden de realizar tareas comunitarias al ser encontrado culpable del delito de falsedad ideológica.

Ramón José Segovia, en tanto, fue encontrado culpable de los dos delitos por los que estaba imputado: falsedad ideológica y peculado. En consecuencia, recibió una pena de 3 años y6 meses de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Julio César Larrocca, por último, fue absuelto de culpa y cargo por ambos delitos. En este caso, en particular, el presidente del Tribunal amplió la decisión al indicar que al actual presidente de la Liga Concordiense de Fútbol se le aplicó el beneficio de la duda: “indubio pro reo”, sostuvo.

La lectura de los fundamentos tendrá lugar el martes 20 de septiembre, desde las 8. Hasta entonces habrá que esperar para conocer los motivos que los magistrados sopesaron para arribar a las conclusiones dadas a conocer este viernes.

Cabe recordar que el fiscal José Arias había pedido, para el doctor Julio César Larrocca, 6 años de prisión efectiva, 6 años de suspensión de su matrícula de abogado e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.En tanto, para el empresario José Ramón Segovia había requerido 5 años de prisión efectiva y también inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos. Por último, para el empleado municipal, contratado en aquel momenot, Alexander Emmanuel Doubña requirió 1 año de prisión condicional y la imposición de realizar tareas comunitarias.

A propósito del joven Doubña, debe recordarse que el representante del Ministerio Público Fiscal había entendido que no tuvo participación el delito de peculado por lo que había retirado cualquier petición de que se le impusiera una condena, tal como hoy lo resolvió el Tribunal.
Fuente: El Entre Ríos.

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