El 5 de junio, al disponer la remisión de la causa a juicio -con pedidos de condena de 10 años de prisión para Urribarri y 9 años para Cardona Herreros-, el juez de Garantías, Julián Carlos Vergara, rechazó los planteos de las defensas, entre ellos la exclusión de pruebas, el sobreseimiento y la nulidad del requerimiento fiscal. Posteriormente, el 5 de agosto, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Santiago Nicolás Brugo, confirmó esa resolución y desestimó un recurso de queja. Ante esto, las defensas interpusieron un recurso de casación, que podría ser habilitado por Brugo, en cuyo caso será la Cámara de Casación Penal la que revise lo resuelto por el juez Vergara.
Los abogados sostienen que la resolución de Brugo fue “arbitraria” y que no trató todos los agravios con argumentos concretos, afectando la garantía del debido proceso legal.
El planteo del juez Brugo
En su resolución, Brugo dejó en claro que el ordenamiento legal sólo permite apelar el dictado de un sobreseimiento, y no su denegatoria. Según el artículo 399º del Código Procesal Penal, la apelación está habilitada únicamente:. Para el fiscal y el querellante, cuando se concede un sobreseimiento;
. Para el imputado, si se le impuso una medida de seguridad o si el proceso afecta su “buen nombre y honor”.
. Por lo tanto, la negativa al sobreseimiento no es apelable.
El magistrado también rechazó las quejas presentadas por las defensas de Sergio Urribarri, Carlos Haidar, Juan Antonio Méndez, José Candelario Pérez, Diego Armando Cardona Herreros, José Raúl Velázquez, Ignacio Díaz, Luis Alfonso Erbes, Andrés Bacigaluppo y Franco Azziani Cánepa.
Además, declaró abstracta la queja del exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, quien accedió a un juicio abreviado y reconoció haber cobrado coimas de Cardona Herreros.
Qué se investiga
La causa investiga el presunto pago sistemático de coimas por parte de Cardona Herreros a funcionarios del gobierno de Urribarri, a través de contrataciones del Estado provincial a sus empresas.Durante una audiencia en marzo de 2024, los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano detallaron cuánto se habría pagado en dádivas por cada contratación. Las cifras provienen de informes contables y documentación interna de las empresas, donde las coimas eran identificadas con la sigla PLM.
Ejemplos de las supuestas coimas (PLM)
Licitación 1/08
Total de PLM: $3.062.000
Distribución:
36,47% para SDU (Sergio Daniel Urribarri): $1.000.007
36,47% para “el equipo” de Relevamientos Catastrales
5,46% para José Gervasio Laporte: $149.713
7,29% para persona no identificada
7% para “Zurdo Ruso” (Luis Alfonso Erbes): $141.940
Además, un PLM fijo de $280.000 “para el jefe” (Urribarri) y un adicional de $40.000 ordenado por Cardona Herreros.
Licitación 48/11
Total PLM: $3.762.000
Incluye pagos a “el Ruso”, “Casa de Entre Ríos”, y repartos internos entre socios (Cardona Herreros, Campitelli, Zanabone).
Licitación 84/13 – Ministerio de Trabajo
Total PLM: $6.876.000
Distribución:
Guillermo Smaldone: $1.800.000
Mauro Urribarri (MU): $1.440.000
Cardona Herreros (DAC): $1.440.000
Luis Alfonso Erbes (Ruso): $720.000
Carlos Haidar (Turco): $180.000
Según la Fiscalía, cada vez que el Estado realizaba pagos por contrataciones, se activaba el esquema de distribución de coimas. Los fiscales afirman que se utilizaron cheques emitidos por empresas asociadas, pagos en efectivo y compras de bienes para funcionarios o sus familias.
Entre los objetos adquiridos figuran pasajes aéreos para las familias Urribarri y Smaldone, alfombras, una heladera y una cinta para correr, entregadas en un departamento de Urribarri en Capital Federal y recibidas por su esposa, Ana Lía Aguilera.
El estrecho vínculo personal entre el exgobernador y el empresario quedó en evidencia a través de cientos de mensajes y comunicaciones. Según la investigación, Urribarri usaba teléfonos a nombre de terceros -como una línea registrada a nombre de Rubén Ángel Martínez- para comunicarse con Cardona.
Pedidos de condena
En su requerimiento de elevación a juicio, los fiscales adelantaron las penas que solicitarán:Sergio Daniel Urribarri: 10 años de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000 (por seis hechos, en concurso real).
Diego Armando Cardona Herreros: 9 años de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000.
Guillermo Smaldone: 5 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua, multa de $90.000.
Carlos Marcelo Haidar: 6 años de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000.
Luis Alfonso Erbes: 5 años de prisión efectiva, multa de $360.000.
Miguel Ángel Ulrich: 4 años y 6 meses de prisión efectiva, multa de $360.000.
José Humberto Flores: 3 años de prisión condicional, multa de $90.000.
La causa fue elevada a juicio el 1° de agosto, pero todavía no se definió cómo se integrará el tribunal que juzgará a Urribarri. Ocho de los nueve vocales del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná se excusaron de intervenir, lo que dificulta avanzar hacia el juicio oral y público.