Se trata de un Código Electoral completo, de 88 páginas, que aparece como anexo a un proyecto de ley de cuatro artículos (uno de forma) que dispone la adecuación a la nueva norma de las cartas orgánicas partidarias, así como también la derogación plena de la vieja ley electoral provincial (N° 2988 de 1934 y todas sus modificatorias) y de la ley de internas N° 9659, conocida como Ley Castrillón, según el texto al que este sitio obtuvo de fuentes del Ministerio de Gobierno y la Legislatura.
Puntos principales de la reforma
1) La instrumentación de la Boleta Única Papel (BUP).2) La paridad de género (uno y uno) para armar las listas integrando hombres y mujeres.
3) Se abre la puerta al Voto Electrónico con la incorporación de un capítulo que prevé la “incorporación de tecnología” al proceso electoral.
4) Prevé unas Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) como mecanismo para la selección de candidatos.
5) Ratifica el sistema de cocientes y restos para distribuir las bancas.
6) Ratifica la posibilidad del voto voluntario a partir de las 16 años, lo que ya había sido previsto en una reforma parcial a la Ley Castrillón.