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La jueza de Cerro Largo, Mariela Tejera, condenó al canal 12 de Melo (Cerro largo) a pagar una multa de US$ 350.000 por una violación del derecho a la privacidad de dos menores de edad, que fueron entrevistados en un informe emitido hace ya un año.

Se trata del monto máximo que prevé la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en su artículo 182 (10.000 UR).

El caso llegó a la jueza Tejera a raíz de una denuncia realizada por el INAU (Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay), por entender que el medio de comunicación violó las disposiciones vigentes, basándose en el artículo 31 de dicha ley, que refiere al derecho y privacidad de niños y adolescentes.

El hecho ocurrió el 3 de octubre de 2016. Bajo el título "Declara en la sede judicial un hombre acusado por su esposa abuso sexual a su hijo", el canal departamental difundió una entrevista a una madre y su hijo, presunta víctima de abuso sexual.

La nota periodística fue realizada en la puerta del juzgado a pedido de la madre, que llamó al canal y pidió que su hijo hiciera declaraciones.

La entrevista fue editada: los rostros del niño de 12 años y su hermana de nueve fueron difuminados (no pixelados) y se brindaron direcciones falsas.

Según señala el expediente judicial, en la entrevista (que fue retirada del canal de YouTube de la señal a pedido del INAU) se muestra a la madre de los niños, "efectuando un primer plano de su rostro, totalmente descubierto". La Justicia señala también que la voz del menor no estaba distorsionada.

El abogado de Canal 12 de Melo, Timoteo Saravia, dijo a El País que "la jueza y el INAU sostienen que debería utilizarse sí o sí pixelado" y la dirección que se menciona en la nota es falsa, para evitar identificar la víctima

Según el abogado, un informe de la Policía Técnica pedido por la juez, establece que el rostro del menor en la imagen no permite identificarlo, ni siquiera si es hombre o mujer.

Saravia apelará el fallo, ya que considera que el canal respetó lo establecido en la Ley para la protección de derechos, no correspondiendo una multa. A su vez, entiende que la sanción aplicada resulta desmedida.

Rafael Rodríguez, también abogado del canal, sostuvo que "en ningún momento hubo apartamento de la ley".
Fuente: Diario El País de Montevideo

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