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El exgobernador participaría en forma remota
El exgobernador participaría en forma remota
El exgobernador participaría en forma remota
La defensa del ex gobernador entrerriano y actual embajador argentino en Israel, Sergio Urribarri, solicitó al juez de Garantías Mauricio Mayer que, a través de la OGA, fije fecha de audiencia para solicitar el sobreseimiento del exmandatario, reveló el sitio Análisis. La causa es por negociaciones incompatibles con la función pública en contrataciones con una empresa de Diego Armando Cardona Herreros, empresario que también es investigado en el expediente. En ese marco, la audiencia oral se realizará el próximo 23 de febrero, en la cual Urribarri participaría de forma remota dado el cargo diplomático que ejerce en Israel.

Raúl Barrandeguy es el letrado que lleva adelante la defensa del exgobernador en la causa que hace unos días tuvo una resolución negativa para dos profesionales de la empresa de Cardona Herreros, cuando Mayer rechazó el acuerdo de juicio abreviado entre el Ministerio Público Fiscal (MPF) y Juan Carlos Palacios, el abogado defensor del contador Guillermo Andrés Linares y la abogada Miriam Estela Fessia, ambos profesionales ligados a la firma Relevamientos Catastrales. De esta forma, deberán continuar sometidos a la Investigación Penal Preparatoria (IPP) a cargo de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano.

Si se tienen en cuenta los fundamentos que brindó el juez al rechazar la probation para dos imputados secundarios, es de estimar que no avanzaría el sobreseimiento de Urribarri. "Estamos en presencia de un hecho, el bien jurídico protegido es la transparencia en el funcionamiento de la administración pública. Entiendo que es un delito de gran sensibilidad social. Por lo tanto yo entiendo que en general las personas particulares como Fessia y Linares han participado en un hecho delictivo que involucra el interés de la administración pública. Le es comunicable esta prohibición", expresó Mayer al rechazar el acuerdo y dar continuidad a la investigación contra la totalidad de los imputados.

El juez entendió que la probation no está solamente prohibida para los funcionarios públicos que cometen un delitos, sino que valiéndose en jurisprudencia aseguró que se trata del hecho y no del sujeto. Es decir, que si hay un delito que involucra funcionarios y cuyo accionar afecta a la administración pública, los partícipes particulares tampoco pueden acogerse al beneficio de la suspensión del juicio a prueba.

El magistrado leyó las imputaciones y explicó que según consta en la IPP, el contador y la abogada de la empresa de Cardona Herreros, participaron activamente del delito al contar con información anticipada y privilegiada para que la empresa logre obtener las licitaciones señaladas. Además, que la IPP muestra que lo hicieron a sabiendas del acuerdo espurio entre Urribarri y Cardona Herreros con el fin de otorgarle a Relevamiento Catastrales las licitaciones y el pago de sobreprecios.

En esas gestiones participaron en nombre de Urribarri los funcionarios Mario Haydar, Miguel Ulrich, José Laporte, Luis Erbes y Humberto Flores. Mientras que por parte de la empresa de Cardona Herreros estuvieron sus directivos y profesionales Alfonso Campitelli, Jorge Sanabone, Guillermo Linares y Miriam Fressia. Además, el magistrado indicó que la IPP observa que gracias al acuerdo espurio la empresa obtuvo ganancias extraordinarias y los funcionarios un pago extra.
Fuente: Análisis

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