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A partir del Decreto Nº 1313/2023, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) implementará un nuevo esquema de regularización de deudas destinado a “aliviar los efectos inflacionarios en la economía doméstica y de los distintos actores económicos”, que estará vigente desde el 1º hasta el 30 de junio.

“Actualmente, nos encontramos en un período inflacionario prolongado que ha impactado la actividad diaria de todos los sectores de la economía. Este escenario ha afectado el cumplimiento de algunos tributos, impidiendo a ciertos contribuyentes acceder a los beneficios reservados para aquellos que cumplen con sus obligaciones, al tiempo que conlleva multas por los incumplimientos. Aunque estamos satisfechos con la recaudación obtenida y la estabilidad de las cuentas públicas, somos conscientes de la realidad económica imperante”, explicó Germán Grané, titular del organismo.

En materia de beneficios, el decreto establece la condonación de hasta el 100% de las multas y hasta el 80% de los intereses de las deudas generadas con anterioridad al 31 de marzo de 2023. En cuanto a las opciones de financiación, serán de un máximo de 24 meses para todos los grupos, excepto para el caso de agentes.

“Dado nuestro rol como administradora de facilitar y simplificar los dispositivos para que todos los contribuyentes puedan acceder y gestionar esta posibilidad, el titular de un automotor o una casa que dado este complejo contexto se atrasó y quiere regularizar su deuda podrá hacerlo de manera sencilla, desde la web, sin necesidad de hacer trámite presencial, lo mismo para los asesores impositivos, que también podrán suscribir vía web o concurriendo con turno a nuestras oficinas”, expresó Grané.

La moratoria clasifica a los deudores en tres grupos: pequeños, medianos o grandes deudores según el monto adeudado y la capacidad contributiva. En todos los casos, los esquemas para cada grupo comprenden intereses de financiación y porcentajes de anticipo a partir de las 12 cuotas y montos mínimos de pago para todos. Además, establece un esquema especial para el grupo de deudores de retenciones y percepciones y recaudaciones efectuadas.
Suscripción vía web, con excepciones
En relación a la operatoria, desde ATER señalaron que si bien la modalidad de suscripción general obligatoria es vía web (desde los servicios de ATER con clave fiscal), habrá grupos exceptuados que podrán concurrir con cita previa (turno web) a las oficinas del organismo a partir del 1º de junio.

“Los contribuyentes que no cuenten con el domicilio fiscal electrónico de ATER porque no están obligados conforme la normativa tributaria, podrán concurrir a nuestras oficinas con turno previo que estarán disponibles con anterioridad al inicio. Del mismo modo, aquellos grupos de deudores en situación de apremio y/o de fiscalización deberán presentarse a las oficinas con turno siguiendo los requisitos previstos para cada uno”, dio a conocer Grané.

Para obtener más información y detalles del programa, aconsejaron ingresar a la página web www.ater.gob.ar o bien comunicarse a través del Servicio de Atención al Contribuyente (SAC) llamando al 0810 888 2837, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.
Fuente: El Entre Ríos / Prensa ATER

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