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Este martes, ingresó a la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto que tiene como fin “establecer la obligatoriedad de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de toda obra y actividad, pública o privada, que sea susceptible de afectar relevantemente la calidad de los componentes del ambiente natural y antrópico, garantizando la participación ciudadana”.

Impulsada por el legislador Gustavo Zavallo (Frente Justicialista Creer), la iniciativa dispone que tales obras o actividades se desarrollen tratando de prevenir efectos negativos sobre el ambiente: “Este proyecto propone una actualización de la normativa, conforme a los actuales paradigmas de tutela medio ambiental y de derechos humanos”.

Bajo el título “Ley de Evaluación de Impacto Ambiental”, fue elaborado junto a la titular de Ambiente y su equipo de trabajo, quienes “a través de la labor diaria que llevan adelante, consideran prioritario y fundamental avanzar en una armonización y actualización del sistema vigente”, se puede leer en los fundamentos del proyecto.

A través del punto “Principio de participación”, quedaría establecido que “todos los habitantes de la provincia tienen derecho a intervenir activamente en la defensa y protección del ambiente y participar de manera efectiva en el procedimiento gubernamental de toma de decisiones mediante las vías previstas”. De cualquiera manera, se deja aclarado que “la opinión u objeción de los participantes no será vinculante para la autoridad convocante, pero en caso de que se presenten opiniones contrarias a los resultados alcanzados en el dictamen técnico, éstas deberán ser analizadas y contestadas por las autoridades intervinientes”.

La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos y los municipios oficiarían de autoridad de aplicación: “En el caso de que la obra o actividad se desarrolle dentro de la jurisdicción de un municipio, éstos son los encargados de llevar adelante el Procedimiento de Participación Ciudadana y de emitir la Declaración de Impacto Ambiental y el Certificado de Aptitud Ambiental en base a la evaluación técnica realizada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia”.

El proyecto consta de 45 artículos y hay uno que se refiere a las sanciones, que van desde una multa de hasta 1.500 sueldos de la categoría inicial de la administración pública provincial, hasta la suspensión temporal total o parcial de la obra o actividad.

La iniciativa también contempla la derogación de la Ley Nº 6.260 “Prevención y Control de la Contaminación por parte de las Industrias”, sancionada en el año 1978. Además, toma como base el Decreto Nº 4.977/2009, a través del cual se aprobó la reglamentación del Estudio de Impacto Ambiental, dando así “un salto de calidad normativa”.
Fuente: APFDigital

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