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Armanazqui admitió la culpa
Armanazqui admitió la culpa
Armanazqui admitió la culpa
Este martes, en audiencia ante el juez de garantías Darío Mautone, fue explicitado el acuerdo al que arribaron Matías Armanazqui, ex Director de Eventos de la Municipalidad de Concordia, su defensor Dr. Jorge Romero, y el Ministerio Público Fiscal, representado por José Arias y Daniela Montangie. "Señor Armanazqui, le voy a preguntar formalmente. ¿Usted se reconoce autor de esos 27 hechos que acaba de describir el Fiscal?", preguntó el magistrado. "Sí", respondió el acusado.

Momentos antes, Arias había leído la lista de los 27 hechos, que no fueron otra cosa que pagos sucesivos mensuales que Armanazqui efectuó desde la Dirección de Eventos en favor de su pareja, María Victoria Bouchet, por servicios que, según quedó probado en la investigación, jamás fueron prestados. Esas 27 facturas totalizaron una suma aproximada de 400 mil pesos.

En el comienzo de la audiencia, Mautone explicó a Armanazqui en qué consiste el "procedimiento del juicio abreviado". "Para que se lleve adelante este procedimiento del juicio abreviado usted tiene que estar plenamente conforme con lo que está haciendo en esta audiencia, haber venido voluntariamente y con conciencia de lo que se va a realizar", le dijo. Enseguida sobrevino el primer diálogo entre el juez y el imputado:

- La ventaja del procedimiento abreviado en el que usted está ahora es que yo como juez no me puedo apartar de lo pactado por las partes. Usted pactó un hecho determinado, una calificación legal determinada, y sobre todo, una pena. Yo como juez lo único que puedo es no hacer lugar y nada más, en caso de que no estuviera de acuerdo, pero en su defecto no me puedo apartar de lo pactado por las partes. ¿Entiende Armanazqui? Yo le voy a preguntar formalmente, para iniciar el trámite, si usted está dispuesto a realizar este procedimiento de juicio abreviado.

- Sí, estoy de acuerdo.

El siguiente diálogo se produjo una vez que Arias concluyó la lectura detallada de los hechos. Del ida y vuelta entre Mautone y Armanazqui surgen detalles relevantes: la confesión de culpabilidad y la pena acordada.

- Señor Armanazqui, le voy a preguntar formalmente. ¿Usted se reconoce autor de esos 27 hechos que acaba de describir el Fiscal?

- Sí.

- ¿Está de acuerdo con la calificación legal?

- Sí.

- Le voy a preguntar a Armanazqui. ¿La pena que Usted pactó es de 3 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua y el pago de una multa de 90 mil pesos? ¿Esa es la pena que Usted pactó?

- Sí.

- También pactaron distintas reglas de conducta. Eran mantener informada su residencia. Cada vez que la cambie debe avisar previamente al Ministerio Público Fiscal o a este juzgado. Adoptar un oficio, arte o trabajo, adecuado a su capacidad. Realizar trabajos a favor de una institución de bien público, en el término de 200 horas, que se llevará a cabo durante los dos primeros años de la condena y concurrir a la oficina de medios alternativos, cada cuatro meses, a los fines de controlar el cumplimiento de las distintas reglas de conducta. ¿Esas son las reglas de conducta que usted pactó?

- Sí.

- Por último, le voy a preguntar si al final del acuerdo se encuentra su firma. ¿Esa es su firma?

- Sí.

- Si no hay nada más que aclarar, voy a dar por cumplimentado lo previsto en el artículo 391 del Código Procesal Penal, esto es el procedimiento de juicio abreviado y si no hay ningún inconveniente se va a dictar sentencia el día 26 de Noviembre de este año a las 12 horas. Deberá concurrir a este juzgado y se le notificará de la sentencia o en su defecto de la denegación de la misma, pero que entiendo si hubiera habido un inconveniente ha sido subsanado por el Ministerio Público Fiscal y por la Defensa. Por lo tanto, lo espero el 26 de noviembre a las 12.
La situación de Luis Santana
Según estaba explicitado en la carátula de la causa, la acusación de peculado no sólo alcanzó a Matías Armanazqui sino también a su pareja, María Victoria Bouchet, y al Secretario de Comunicaciones, Luis Enrique Santana.

No hay información oficial que precise qué ocurrirá con ambos, aunque trascendió que Santana quedaría eximido de responsabilidad por los hechos investigados, bajo la premisa de que obró "determinado" por el accionar de quien por ese entonces era su inferior jerárquico y en quien confió. Es decir, Matías Armanazqui.

En cuanto a Bouchet, aún no se sabe si correrá similar suerte que su pareja y firmará un juicio abreviado, o acordará una "Probation".
¿Recuperará la Municipalidad el dinero robado?
Es evidente que la condena pactada por Armanazqui no contempla la devolución del dinero sustraído a la Municipalidad de Concordia. ¿Quiere decir que no habrá reparación económica para el erario público?

Fuentes tribunalicias explicaron a El Entre Ríos que, tras la condena penal firme, quedará habilitada la vía civil para que la Municipalidad reclame la reparación del daño económico sufrido, no sólo por el monto nominal de lo robado sino también por la actualización de la cifra que contemple la inflación en el período transcurrido.

Llevar a cabo tal reclamo no sólo sería un derecho de la Administración Municipal sino que constituiría un deber ineludible, en defensa del patrimonio de todos los concordienses, en perjuicio del cual fue llevada a cabo la maniobra de peculado.
Cómo se descubrió el peculado
Todo comenzó con una instrucción sumaria que el Poder Judicial llevó a cabo a María Victoria Bouchet, al descubrirse que incurría en incompatibilidad, percibiendo ingresos de dos organismos públicos en forma simultánea. Es más, se llegó a determinar que en el mismo horario en que decía prestar servicios a la comuna, en verdad se hallaba cumpliendo sus tareas en tribunales.

De allí en más, la investigación se amplió hacia las oficinas municipales, donde se requirió la documentación que acreditara los pagos que recibía Bouchet desde la Dirección de Eventos, por entonces conducida por su pareja, Matías Armanazqui.

Las pruebas obtenidas no dejaron margen para la duda: Bouchet cobraba pero no prestaba ningún servicio. Sobrevino entonces la imputación por peculado, es decir, el robo de dineros públicos aportados por los contribuyentes a través del pago de los diferentes tributos.
Fuente: El Entre Ríos

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