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La Sala Concordia de la Cámara de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de apelación presentado por el dirigente del fútbol de Concordia Julio César Larrocca, mediante el cual su abogado defensor, Jorge Romero, insistió en reclamar el apartamiento del Fiscal José Arias de la "Causa Los Charrúas", en la que -además de Larrocca- están imputados por presunto peculado el exintendente Rubén Chaparro y el empresario Ramón Segovia. Aunque Arias ya había solicitado la remisión a juicio del legajo caratulado "Chaparro Rubén Darío, Larrocca Julio César, Doubña Alexander Emanuel, Segovia Ramón José sobre falsedad ideológica y peculado en concurso real", restaba que Casación respondiera a la recusación del fiscal reclamada por el Doctor Jorge Romero, defensor de Julio Larrocca.

La pretensión del presidente de la Liga de Fútbol de Concordia de que Arias deje de ser el fiscal del caso ya había sido rechazada en dos instancias previas, primero por el entonces Juez de Garantías, Darío Perroud, y luego por el Juez de Apelación, Edwin Ives Bastián.

Según trascendió, la Cámara de Casación directamente declaró inadmisible la apelación basándose en el principio del "doble conforme". Es decir, consideró que habiendo ya dos instancias judiciales en las que se resolvió la pretensión en forma coincidente, no correspondía una tercera revisión. Tal criterio pareciera pensado para poner un dique al fenómeno del "abuso recursivo" mediante el cual es frecuente que los letrados consigan estirar de manera indefinida el trámite de las causas.

La denuncia que dio origen a la Causa Los Charrúas fue presentada en marzo de 2017 por el actual intendente de la localidad, Ariel Panozzo Zénere, bajo la asesoría letrada de la Doctora Rosa Kuhn, tras verificar que dos obras públicas -cloacas y cordón cuneta- habrían sido certificadas como concluidas y pagadas en su totalidad por la gestión anterior, siendo que en los hechos no estaban terminadas. La cifra del presunto fraude superaría los dos millones de pesos.

En un comienzo, los imputados fueron Chaparro, ex intendente; Doubña, inspector de las obras, y Segovia, dueño de la empresa constructora. Pero a posteriori, Arias agregó a la lista de imputados a Julio César Larrocca, presidente de la Liga Concordiense de Fútbol, ya condenado en primera instancia a cinco años de prisión por el reparto de tierras en Puerto Yeruá, aunque la ejecución de la pena quedó en suspenso luego de que apelara la sentencia ante la Cámara de Casación.

El argumento de Larrocca y su abogado Romero para intentar sacar de la cancha a Arias fue justamente que el fiscal ya había investigado al presidente de la Liga de Fútbol en una causa anterior, pero ni Perroud ni Bastián encontraron razonable el planteo y Casación se limitó a respaldar lo ya resuelto por ambos magistrados.
¿El "doble conforme", un precedente para la Causa Cresto?
El principio del "doble conforme" en el que se basó la Cámara de Casación de Concordia, que en la Causa Los Charrúas implicó un respaldo para Arias, podría tener el efecto opuesto de ser aplicado en la Causa Cresto.

Ello en razón de que en la investigación por presunto peculado, en la que está imputado el intendente de Concordia Enrique Cresto, ya hubo dos jueces, Darío Mautone y María del Luján Giorgio, que hicieron lugar a la recusación del Fiscal José Arias presentada por la defensa de uno de los acusados, el funcionario municipal Guillermo Von Zellheim.

Si Casación aplica el "doble conforme" y considera que ya están agotadas las instancias, la apelación interpuesta por Arias no prosperará y, por lo tanto, dejará de ser definitivamente el fiscal del caso.

No obstante, las recusaciones han estado fundadas en razones diversas. En la Causa Los Charrúas el intento de apartar al fiscal tuvo por excusa que ya antes había investigado a uno de los imputados. En la Causa Cresto el justificativo fue el parentesco de Arias con Eduardo Asueta, contrincante del intendente en las PASO, motivo que podría haberse convertido en abstracto una vez realizadas las internas.
Fuente: El Entre Ríos

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