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La llegada de Sergio Urribarri a la jefatura de Gabinete de la Nación o el Ministerio del Interior –los dos cargos para los que más se lo menciona- entró en zona de turbulencias por un inesperado límite legal: La Constitución de Entre Ríos no contempla la licencia del gobernador. Así, Urribarri debería renunciar a su cargo y quedar atrapado a la suerte del último tramo del Gobierno nacional. Demasiado riesgo, aún para uno de los gobernadores más comprometidos con el kirchnerismo, reveló el sitio lapoliticaonline.

Urribarri es impulsado por el núcleo duro del kirchnerismo que lidera el secretario legal y Técnico, Carlos Zannini, para la jefatura de Gabinete en reemplazo de Juan Manuel Abal Medina. Aunque no se descarta tampoco que Florencio Randazzo vaya a ese cargo y el gobernador pase a manejar el ministerio del Interior y Transporte.

Fuentes del Gobierno confirmaron que abogados de Carlos Zannini están analizando variantes legales para sortear el impedimento constitucional.

La renuncia a la gobernación le plantea a Urribarri riesgos importantes en el control de su territorio. Inicialmente, la movida del secretario Legal y Técnico le sirvió al gobernador para fortalecerse en la provincia, donde no tiene reelección y terminó en malos términos con varios sectores del peronismo tras el cierre de listas.

Su proyección nacional le daba una sobrevida política que le permitía disciplinar el territorio, sorteando así por arriba el eterno problema del pato rengo que afecta a los mandatarios sin reelección. Quedar a tiro de volver le permitiría manejar la tropa y evitar una rebelión que lo deje sin el manejo de Entre Rios en medio de una aventura presidencial con final incierto. Por eso la licencia es clave.

Qué dice la Constitución

Pero la constitución entrerriana, modificada por última vez en 2008, se convirtió en un obstáculo a resolver. “Si Urribarri se va tiene que renunciar y despedirse del mandato. Eso dice la Constitución y no puede obviarlo”, le dijo a LPO el ex diputado provincial Osvaldo Fernández, un reconocido jurista de Entre Ríos.

El artículo 157 de la Constitución de Entre Ríos es el más explícito: “El gobernador y vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones y cesarán en ellas el mismo día que expire el período legal, sin que evento alguno pueda ser motivo para su prorrogación por un día más, ni tampoco para que se le complete más tarde, cuando el período haya sido interrumpido”.

El atajo que estudian los abogados de Zannini –acaso forzando su interpretación- podría encontrarse en el artículo 27, que dice que el Poder Legislativo puede conceder o negar licencia al gobernador y vicegobernador “para salir temporalmente fuera de la Provincia, o de la Capital por más de quince días, por razones ajenas al desempeño del cargo”.
Fuente: lapoliticaonline.com.ar

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