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Desde que dejó la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Raúl Zaffaroni ha tenido una intensa participación de la discusión pública, sobre todo, a partir de sus furibundas críticas al sistema judicial. Asegura que “la estructura judicial argentina es demencial” e impulsa la necesidad de una reforma constitucional. A la distancia, cuestiona la Convención Constituyente de 1994 porque “fue irresponsable en cuanto a pergeñar instituciones”. También habló de la judicialización de la política.

En una entrevista con el programa Cinco Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná, Zaffaroni tampoco esquivó la discusión sobre la implementación del juicio por jurado y se inclinó por un sistema escabinado, es decir, con una composición mixta entre jueces profesionales y ciudadanos de a pie.

“Soy más bien partidario del juicio con escabinos, es decir, la combinación de jueces técnicos con ciudadanos, es mucho más razonable”, consideró. El jurista sostuvo que “el jurado tradicional tiene varios inconvenientes: resulta muy caro, habría que reformar bastante el procedimiento y sería muy difícil separar las cuestiones de hecho de las cuestiones de derecho”. Sobre este último punto explicó que “el jurado resuelve cuestiones de hecho, pero cuando se pregunta sobre conceptos jurídicos, un juez no puede enseñarle derecho penal a un jurado en cinco o diez minutos. Comparto que en un tribunal de cinco haya dos ciudadanos para control”, sostuvo.

En otro orden, advirtió que “hay procesos que duran varios meses y es imposible hacerlos con un juicio por jurado, porque al jurado no se lo puede dejar suelto, hay que encerrarlo; tampoco se lo puede dejar ir a la casa, porque cualquiera de los jurados se va a la esquina, se toma unas copas, adelanta opinión y se anula todo del juicio”, ejemplificó.
Necesidad de una nueva Constitución
El ex ministro de la Corte Suprema también se refirió al funcionamiento del sistema penal argentino y consideró que “lo primero que habría que hacer es pensar seriamente en una nueva Constitución y en una nueva estructura constitucional; la estructura judicial argentina es demencial y provee una enorme inseguridad jurídica”, enfatizó.

En esa línea, explicó que “seguridad jurídica es previsibilidad y esta estructura judicial que tenemos no provee seguridad; además tenemos códigos únicos, pero no tenemos una casación a nivel nacional (N. de la R.: unificación de jurisprudencia); de manera que cuando se analiza cómo está estructurado el Poder Judicial, más allá de los defectos personales que puede haber, hay un defecto estructural”.

Más adelante, planteó la necesidad de crear un tribunal constitucional, que se ocupe del control de constitucionalidad de las normas. “Las leyes inconstitucionales siguen vigentes; las acciones inconstitucionales son caóticas y se puede demorar o impedir la vigencia de una ley arbitrariamente durante años. Por otra parte, si una ley es inconstitucional lo único que se hace es no aplicarla al caso concreto, pero esa ley sigue vigente; además, los jueces aplican si quieren los criterios de la Corte Suprema; y a su vez, la Corte Suprema puede cambiar de integración y cambiar de criterio ”.

Sin embargo, estas modificaciones solo serían posibles mediante una reforma de la Constitución y Zaffaroni consideró que “en lo inmediato, dentro las estructura institucional que tenemos, se podría hacer algún parche, como puede ser ampliar el número de miembros de la Corte Suprema y dividirla en salas” e insistió en que “la solución de fondo sigue siendo que repensemos la estructura del Poder Judicial y para eso tenemos que pensar en una nueva Constitución”.

Consultado sobre el planteo que hará Sergio Urribarri sobre una tercera candidatura pese a que se lo impide la Constitución entrerriana, el ex juez dijo: “En el derecho comparado existe, como en México o Estados Unidos, pero para nosotros hay un estándar nacional en cuanto a garantías republicanas en el sistema ejecutivista. Creo que ese estándar nacional lo da la Constitución Nacional. Creo que inhabilitar perpetuamente a una persona para ejercer un cargo ejecutivo en nuestro sistema es una pena, o peor que la pena de inhabilitación que impone el Código Penal porque en ese caso, pasados algunos años, en realidad se puede reivindicar”. Y agregó: “Generar una inhabilidad perpetua tiene un carácter de pena y supera el estándar que marca la Constitución Nacional. La garantía republicana es de dos mandatos continuos, pero no mandatos alternados. Esa es una garantía que baja la Constitución federal y las constituciones provinciales no podrían ir más allá. De la misma manera que las reelecciones indefinidas chocan con la constitución nacional”.
La reforma del 94
A casi veinticinco años de la reforma constitucional, Zaffaroni se mostró crítico de la Carta Magna. Dijo que “lo mejor que pudo hacer la Convención Constituyente fue introducir los tratados internacionales de derechos humanos”.

En cambio, consideró que “se han generado instituciones sin perfilarlas, sin terminarlas y eso ha generado graves problemas: no sabemos cuál es la naturaleza jurídica de la Ciudad de Buenos Aires; no sabemos si el Ministerio Público tiene término o si es vitalicio; y no dice cómo se integra el Consejo de la Magistratura, lo que ya ha traído inconvenientes. De manera que la Convención fue irresponsable en cuanto a pergeñar instituciones, y en ese sentido nos ha traído más dificultades que ventajas”.
Aborto y Código Penal
Zaffaroni tampoco eludió el debate sobre el aborto, a pocos días de que se rechazara en el Senado el proyecto para la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Al respecto, planteó, al menos, la necesidad de “ampliar el número de abortos no punibles que están en el Código Penal”.

No obstante, sostuvo que “el aborto tiene que salir del Código Penal porque las disposiciones del Código Penal no sirven para nada. Si hay que defender la vida, estas disposiciones no defienden nada, al contrario. No se puede bajar la frecuencia de un fenómeno que se encuentra en la clandestinidad y que da lugar a una criminalidad organizada de aborteros y provoca la muerte de las personas que por su condición social no pueden acceder a eso. Para defensa de la vida hay que buscar otra solución, porque el Código Penal ha demostrado su incapacidad para eso”.
Fuente: Radio Costa Paraná

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