La resolución que ordena el presente en su parte pertinente, dice: “Colón, 8 de septiembre de 2025. 3.- DECLARAR ABIERTO el JUICIO SUCESORIO de ELOISA BOGADO - DNI Nº 1.904.469, vecina que fue del Departamento Colón, estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los artículos 718 y 728 del CPC. 4.- DISPONER la publicación de edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días -Artículo 2340 del Código Civil y Comercial-”. Firmado: Dra. María José Diz - Jueza.
Publíquese por tres (3) días
Colón, Entre Ríos, 16 de septiembre de 2025
Dr. Juan Carlos Benítez - Secretario
El presente se suscribe mediante firma digital.-