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Mirando el reciente decreto referido a las vacunas, como la apertura de una posibilidad

Un brusco golpe de timón

 

Como todos sabemos, el Presidente de la Nación acaba de dictar un decreto de necesidad y urgencia (DNU), por el cual se introducen una serie de modificaciones a la denominada ley de vacunas.

 

Por Rocinante

 

De esa manera se abre la posibilidad de que se superen las objeciones de diversos laboratorios estadounidenses, fabricantes de las que se consideran las mejores vacunas contra el virus, de manera de poder avanzar en negociaciones que culminen en su adquisición, primero por parte de nuestro gobierno, y la posterior aplicación a los habitantes de nuestro país en nuestro propio territorio, enunciado complementario éste que resulta pertinente efectuar.

 

Debe en consecuencia dejarse en claro que ello no significa, de una manera automática, que las vacunas vayan a ser adquiridas y entregadas por esos laboratorios. Es que, como desde fuentes oficiales se han encargado de indicarlo, el Gobierno no firmó todavía los contratos con esas empresas, ni queda en claro cuántas dosis compraría, y en su caso cuándo llegarán.

 

Dentro de ese contexto, cabe señalar que el jueves pasado, un una sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el bloque del Frente de Todos rechazó un pedido de Juntos por el Cambio para tratar sobre tablas un cambio en el texto de la ley de vacunas, para quitar del texto de la ley que ahora resulta modificada la variante Moreau, por la que se admitía llevar a juicio a los fabricantes en casos de negligencia, un concepto que en la situación actual resulta impreciso, ya que, en atención a la urgencia en la que se tradujo la necesidad de su aplicación, estas fueron habilitadas sin que se completaran las fases o etapas que usualmente requieren para lograrlo, los organismos de control estatal.

 

También se hace útil advertir que la sanción del DNU al que venimos aludiendo, siguió prácticamente de inmediato al rechazo, por parte de la bancada oficialista, del referido proyecto de reforma a esa ley.

 

Una circunstancia en apariencia curiosa, que llevó a que muchos se preguntaran acerca del porqué del rechazo del oficialismo, a dar su aprobación a un proyecto de ley, dio motivo a la sanción por parte del Poder Ejecutivo de una norma similar.

 

Un interrogante al que implícitamente (lo indico de ese modo, por cuanto, que se sepa, no hubo una pregunta concreta de este tipo a algún funcionario oficial) diera respuesta la Secretaria de la Presidencia de la Nación, Vilma Ibarra, al señalar que si se votaba “eso”, no podíamos contratar. Nadie de la oposición estuvo sentado en la mesa de negociación para conocer los requisitos.

 

No puedo, y esto es muy a mi pesar, dejar pasar por alto esa explicación sin señalar los reparos que la misma me merece. Primero, la referencia a un proyecto de ley con un “eso”, que suena en forma despectiva, cuando no grosera, a un proyecto de ley presentado ante la Cámara de Diputados.

 

Después, el hecho de que si bien es admisible que al Poder Ejecutivo no invitara a la oposición a participar en las negociaciones vinculadas con los referidos contratos, resulta no sólo cuestionable sino que constituye un error de procedimiento de clara gravedad institucional, no tener informado a los presidentes de las bancadas opositoras de las dos Cámaras del Congreso, sobre la existencia y avances de esas negociaciones, para el compromiso de confidencialidad.

 

La crisis en que vivimos guarda un parecido nada lejano con un conflicto bélico, y ante su presencia es una regla habitual que, cuando no se conforma ante esa circunstancia un gobierno de unidad nacional, al menos se suministra información confidencial calificada a los líderes de la oposición sobre la marcha de los acontecimientos. De donde se da, por encima de lo dicho, la extraña circunstancia que se prive a la oposición de aparecer como partícipe de los errores que en el curso de los acontecimientos a diario se cometen.

 

Las modificaciones que el Decreto de Necesidad y Urgencia introduce a la Ley de Medicamentos

 

 

En tanto, las modificaciones que se introducen a la ley de medicamentos, por el DNU de referencia, son las siguientes:

 

* Se suprime la “negligencia” como supuesto de responsabilidad para los laboratorios. Esto es porque los laboratorios norteamericanos no quieren hacerse cargo de un resarcimiento económico en caso de que se presente un daño en un paciente.

 

* Se crea un Fondo de Reparación Covid 19 para responder por el eventual pago de indemnizaciones en caso de que una persona sea dañada por la vacuna.

 

* Respecto a la referencia a maniobras fraudulentas, conductas maliciosas que figuran en la ley, se reemplaza por el término “conductas dolosas”.

 

* Se exime de inmunidad a las regalías que percibe el Estado Nacional y a los denominados “bienes privados del Estado” dispuestos en el artículo 236 del Código Civil para responder por eventuales ejecuciones. Los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda (como las reservas del BCRA, las representaciones diplomáticas o la herencia cultural, entre otras) permanecen con ese status, pero el Gobierno, en cambio, renunció a la inmunidad con relación a la ejecución de los bienes privados y las regalías. Con lo que se viene a decir, en lo que respecta a la eximición de inmunidad, que ellos pasan a ser materia de embargo y ejecución en el caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.

 

Luego de la anterior relación, mis comentarios. El primero de ellos tiene que ver con la variante Moreau referida. Alguna vez se sabrá de las circunstancias reales que llevaron a la diputada Cecilia Moreau a introducir esa variante, y las condiciones inaceptables que en las negociaciones con nuestro gobierno exigía el laboratorio Pfizer, para celebrar el contrato de venta de las vacunas.

 

Y si el actual gobierno de nuestro país no incurrió en mala práctica al no dejar las cosas encuadradas antes de permitir que ese laboratorio hubiera efectuado en nuestro país el mayor de sus ensayos preliminares en seres humanos acerca de la eficacia y contraindicaciones de la vacuna por ella fabricada.

 

Después, en lo que hace a la creación del Fondo de Reparación Covid 19, esa es una decisión que para los laboratorios resulta irrelevante, ya que está vinculada con el pago de indemnizaciones por los daños sufridos por un vacunado por la aplicación de las dosis correspondientes.

 

Por último, en lo que respecta a la eximición de inmunidad a las regalías que percibe el Estado Nacional y a los denominados “bienes privados del Estado” dispuestos en el artículo 236 del Código Civil para responder por eventuales ejecuciones, la pregunta que habría que hacerse es porqué en su momento se incluyeron, y no porqué ahora se los exime.

 

Ya que la misma es la usual en todos los contratos de mutuo que celebra el Estado Nacional. Eximición por lo demás lógica, si se tiene en cuenta que a nuestro Estado, y esto con razón, no se lo tiene precisamente como un buen pagador. A lo que se le agrega una circunstancia irrefutable, cual es que no admitir la condición de ejecutables tanto de las regalías como de los bienes del dominio privado del Estado, a donde los laboratorios acreedores podrían encontrar qué embargar al mismo.

 

Una oportunidad para barajar y dar de nuevo

 

 

La buena noticia que significa el nuevo régimen legal nos brinda una oportunidad no solo para que tengamos la sensación de estar como sociedad más aislados del mundo, sino para que entre todos nos empeñemos en dar un giro de ciento ochenta grados en la forma de relacionarnos que se da tantas veces, de una manera lamentable, entre nosotros.

 

Máxime cuando uno de los argumentos utilizados para sancionar ese decreto (ignoramos si ellos son sinceros, o existen detrás de las palabras motivaciones diferentes encubiertas) se encuentra la posibilidad que brinda a las empresas a las que le impedían las normas legales pertinentes en su redacción anterior, para negociar con nosotros la venta de vacunas contra el virus, susceptible de ser aplicadas a los menores de edad las vacunas habilitadas por la modificación. Ya que esa posibilidad podría servir de argumento para mostrar a los más jóvenes que el Estado se ocupa de ellos, y encontrarse en ello un ingrediente más en los esfuerzos que todos debemos hacer en procura de evitar que emigren.

 

Sabemos de sobra los argumentos que se pueden utilizar a favor y en contra de la manera que el gobierno gestionó en la actual crisis sanitaria. Argumentos que son muchas veces rebuscados hasta la irracionalidad, a lo que se agrega el hecho que el lenguaje utilizado para explayarse, no es precisamente el que en una época se conocía como el de las señoritas. En suma, ha llegado la hora en que dejemos de regarnos con odio, mientras nos azotamos con el recuerdo y el recuento de los muertos.

 

Y no se puede dejar de señalar al respecto ver cómo los padres unidos en defensa de los derechos de sus hijos, han venido a constituirse en una fuerza capaz de presionar al gobierno con resultados positivos en temas varios, como es el caso de las vacunas a las que nos referimos, y en lo que respecta al dictado de clases presenciales en las escuelas.

 

No estoy del todo seguro de la existencia de un dicho que aluda al hecho que una familia unida jamás será vencida. De cualquier manera, estoy convencido que los argentinos somos familia, y que unidos es la única forma a nuestro alcance de remontar la cuesta, y volver a ser, como lo decía también Néstor Carlos Kirchner, un país en serio; la que de ser así resultaría quizás, la mayor aspiración incluida en su legado. Algo de lo que parece se recuerda poco y nada, si vemos cómo se comenzó a transitar después de su muerte.

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