Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Roque Guillermo Benedetto es Contador Público, Abogado, Docente y fue funcionario en AFIP-DGI y en la Municipalidad de Concordia. En un documento de 10 carillas –que insertamos más abajo para que pueda ser leído en su totalidad-, sometió a análisis los recientes aumentos en la Tasa Sanitaria.

Benedetto deja en claro que su intención no es la crítica ni tampoco limitarse al diagnóstico. Por ello, incluye un apartado para plantear una propuesta que resulte innovadora, que pone a consideración del intendente Francisco Azcué, sus Secretarios, los Concejales, los funcionarios del EDOS (Ente Descentralizado de Obras Sanitarias), los Colegios y Consejos profesionales, las Asociaciones intermedias y los contribuyentes.

En el comienzo del informe, se pregunta cómo hizo el municipio para fijar el valor de las propiedades en la Tasa Inmobiliaria y Sanitaria, si la Provincia aún no público un Decreto con los nuevos valores.

A renglón seguido, plantea otro interrogante: por qué se escucharon tantas quejas por el aumento del valor de la tasa sanitaria. ¿Hubo únicamente aumento de valuación o aumentaron también las alícuotas? Para responder somete a análisis a la última ordenanza que modificó los valores y luego, como apoyo didáctico, pone un ejemplo concreto. La conclusión a la que arriba es que “lo que realmente impactó fueron los aumentos de alícuotas efectuados a través de la Ordenanza nº 38.225 sancionada el día jueves 07-12-2023”, días antes de la asunción del actual Intendente.

Tras utilizar una boleta a modo de ejemplo, refuerza la conclusión: “Del análisis comparativo de las Ordenanzas Tributarias, se deduce que el aumento de la TASA POR SERVICIOS SANITARIOS por encima del 150% es el producto del aumento de las alícuotas operadas en la ORDENANZA 38.225 del 07-12-2023 y que en el caso analizado representa 37% de aumento adicional”.

En párrafos siguientes cuestiona el cobro de un adicional del 35% por morosidad: “es un recargo importante, y se traduce en los hechos en una verdadera multa, que se suma a los intereses resarcitorios y moratorios, constituyendo así una doble penalidad por la misma conducta, cual es no pagar en tiempo y forma”.

El contador y abogado Guillermo Benedetto también analiza la ordenanza surgida de la sesión de este jueves del Concejo Deliberante, donde, haciéndose eco de los reclamos ciudadanos, se aprobó un “descuento”. El profesional valora el gesto pero no duda en considerarlo un “parche”, fundamentando tal calificación.

Tras analizar cómo ha evolucionado en los últimos años y en los dos meses de 2024 ya transcurridos la recaudación de la tasa sanitaria, y más allá de ver un incremento, aclara que “los importes recaudados no alcanzan para cubrir los costos de funcionamiento del ente y es por ello que el MUNICIPIO a través de subsidios no reintegrables, sustenta el pago del suministro eléctrico, abona los aportes y contribuciones previsionales y de seguridad social, entre otros gastos”.

En el tramo final del informe, deja planteadas ideas superadoras. Por ejemplo, allí donde dice: “teniendo en cuenta el espíritu de todas las Ordenanzas sancionadas desde el año 1.986 a la fecha, que establecen la obligatoriedad de la instalación de medidores, la Tasa Sanitaria se debe determinar sin dudas alguna por los m3 de agua consumidos y seguir manteniendo el adicional por falta de medidor para evitar abusos y derroches”.

Sugiere a los concejales, “amén del parche de los ‘descuentos otorgados’”, que procuren “repensar el aumento de las alícuotas de la TASA POR SERVICIOS SANITARIOS operada y la forma en que se determinó la valuación para este año, informando y justificando ante la población los motivos de su aumento para de esa manera transparentar la información pública”. También recomienda revisar el adicional del 35% por morosidad, al que juzga inconveniente y vuelve a advertir que implica una “doble pena”, que para ser aplicada debería contemplar el derecho de defensa.

También postula que “el EDOS deberá modernizar los servicios que brinda en su página web a los contribuyentes, para que puedan conocer su estado de deuda, confeccionar planes de financiación, efectuar reclamos y solicitudes, así como presentar estadísticas muy similares a la que brinda la MUNICIPALIDAD de la Tasa Inmobiliaria que permita saber entre otros los niveles de morosidad, listado de empleados y sueldos, Presupuestos anuales y su ejecución, Compras y Licitaciones, Proveedores, Resoluciones, habilitar los servicios de calculadora de tarifas, etc”.

Con independencia de este resumen, lo valioso del informe del Contador y Abogado Roque Guillermo Benedetto pasa por la fundamentación, por lo que resulta imprescindible la lectura completa del texto que insertamos acá:
Fuente: El Entre Ríos

Enviá tu comentario