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Fragmento de la nueva denuncia
Fragmento de la nueva denuncia
Fragmento de la nueva denuncia
Los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet se presentaron hoy en los tribunales de Paraná para sumar una denuncia más contra Mauro Urribarri.

En una nota dirigida al "Procurador", los letrados piden que se abra con "premura" una "Investigación Penal Preparatoria" ante la "impactante noticia publicada" por el quincenario "Análisis".

A la hora de resumir el contenido de la denuncia periodística, Pagliotto y Mulet resaltan "las "espurias, incompatibles y clandestinas vinculaciones de Mauro Gabriel URIBARRI con el empresario paraguayo Diego Cardona Herreros, uno de los aportantes a la campaña de Sergio Urribarri, dando cuenta, además y a mayor abundamiento, de que un socio de Cardona (Eduardo Oscar Cabezón) es firmante de los cheques de Kriptak Inc -la empresa de los Urribarri- y un automóvil de la cuestionada firma Lemondata (proveedora actualmente de servicios informáticos a la Provincia) dispone de una tarjeta azul a nombre del Ministro o ex, según sea la suerte que corra la nota dimitiendo, presentada en el día de la fecha". En la cuarta página de la presentación, los abogados denunciantes resumen lo que no dudan en considerar una "situación objetiva de incompatibilidad", que vinculan con el presunto enriquecimiento ilícito tanto de Sergio Urribarri como de su hijo Mauro:

"Salvo que estemos demasiado equivocados y acaso extraviados por arcanos andariveles de la pasión investigativa, queda en evidencia, de modo incontrastable, que entre socios de Mauro Urribarri y el Estado Provincial existen relaciones formales de proveedores del gobierno, lo que genera una situación objetiva de absoluta incompatibilidad que, por lo visto y a juzgar por los hechos concretos, no hicieron mella en el raquítico cartabón moral del Ministro ni en el aún más escuálido de su padre, Ex Gobernador y actual Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos, Sergio D. URRIBARRI.- Unos y otros, como si nada hubiera pasado, siguieron haciendo y disponiendo de los recursos públicos y direccionándolos siempre e impúdicamente en favor de sus empresarios amigos, de los que sin ninguna dudas recibirían algunos que otros reconocimientos, sea en dinero o en especie y que le permitieron, sin solución de continuidad, ir engrosando su patrimonio de tal forma que, al día de hoy no pueden explicar, con herramientas limpias y métodos leales, el origen de aquel abultado crecimiento experimentado desde aquellos días de simple y humilde cajero de una pequeña sucursal de un también pequeño banco, al día de la fecha, donde la única fuente de ingreso explicable ha sido la que deriva de los ingresos percibidos como funcionario público.- Igual razonamiento para lo que corresponde a su hijo Mauro Gabriel, haciendo la salvedad que se trata de una persona muy joven, a quien no se le conoce profesión u oficio anterior que no sea el de haber abrevado en conchabos estatales que, aunque en algunos casos signifiquen buenos emolumentos, jamás alcanzarían para justificar el nivel de vida ostentoso del Ministro (o ex, no se sabe con certeza por estas horas).-"

Al finalizar la presentación, y luego de solicitar distintas medidas probatorias que incluyen citar a los periodistas Daniel Enz y Oscar Londero, los abogados Mulet y Pagliotto efectúan lo que denominan el "pedimento final", donde dejan en claro que, a su entender, la investigación no debería limitarse a los Urribarri sino que también sería conveniente hacerla extensiva a una larga lista de funcionarios:

Tenga por deducida formal denuncia penal, en los términos y con los alcances aludidos, debiéndose investigar las conductas, en el contexto de la presente, que le cupieron a Mauro Gabriel URRIBARRI, Sergio D. URRIBARRI, Diego Armando CARDONA HERREROS, Eduardo Oscar CABEZÓN, Jorge Aníbal PÉREZ, Martín José CORTÉS, Hermann KARSTEN, Hugo BALLAY; Luis ERBES, Diego VALIERO. En estado, decrete la apertura de la IPP (Investigación Penal Preparatoria), de conformidad al art. 212º del C.P.P.E.R., y mande a producir la prueba sugerida y la que ese Ministerio Público Fiscal estime pertinente y útil, con la premura del caso".
Fuente: El Entre Ríos

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