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Un grupo de vecinos de la ciudad de San José promovieron este miércoles una acción de amparo en contra de la municipalidad, con notificación al concejo deliberante, en la cual solicitan se “declare la nulidad y/o ilegitimidad e inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal N° 52/2021, dictada por el HCD –con votación dividida 6/5– a instancias del Departamento Ejecutivo, que dispone la desafectación del dominio público correspondiente al pulmón verde de la plaza pública del barrio Loma Hermosa, y consecuentemente la afectación al dominio privado municipal, de la plaza Don Guillermo Gómez Cadret, para realizar una construcción edilicia. “Se intenta construir un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS), que rompería con el derecho de los usuarios a un ambiente equilibrado, armónico y sano, como lo son las plazas públicas. Esta acción afectaría el equilibrio y el hábitat natural que integra dicha zona, ya que la plaza constituye el único pulmón verde del Barrio y se ve atacado por la desafectación del dominio público municipal, en forma parcial, a pesar de que el ente municipal posee otros inmuebles cercanos”, argumentan en el escrito presentado ante la Justicia.

“El proyecto de creación de un Centro de Atención Primaria en este espacio –sin estudios de impactos ambientales previos, a espaldas de la voluntad de la gente y con la negativa de los colegios profesionales en la materia– restringe, anula y disminuye su correcto disfrute y se vuelve absolutamente necesario defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras, siendo además un patrimonio común a todos los habitantes de la ciudad de San José”. “Por nuestra condición de afectados, nos interpela como usuarios más cercanos a movilizarnos para defender la integridad de dicho espacio verde, para seguir disfrutando de un paisaje de jardines y arbolado, sin construcciones ni mutilaciones, por la recreación y esparcimiento, por el disfrute al aire libre, ejercicios físicos y emocionales, por una vida sana y saludable”, expresan más adelante.

A la vez, recuerdan que el 26 de octubre fueron elevadas a la presidencia del HCD ocho notas con la rúbrica de más de 120 vecinos del Barrio Loma Hermosa, expresando su total desacuerdo con la construcción del Centro de Salud sobre el predio de la plaza, pidiendo su relocalización. En el mismo sentido, el 3 de noviembre ingresó una nota el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Entre Ríos junto al Instituto de Estudios Territoriales; y el 11 de ese mes hizo lo propio el Consejo Directivo de la Regional Centro Este del Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Entre Ríos.

Por otra parte, resaltan “la firme posición de la presidente el HCD, Marisa Follonier, quien si bien no votó, dejó plasmada abiertamente su posición por la negativa, en uso de la banca para llevar a cabo observaciones, tanto administrativas como políticas”.

En otro capítulo, se hace mención a que “existen otros terrenos disponibles que podrían evitar romper la plaza”.

“En fecha 13 de noviembre de 2012, se dicta la Ordenanza Nº 27/2012, que tiene como objetivo crear un Banco Municipal de Tierras, para atender a las necesidades de la población en cuanto al terreno propio, pero además para prever un Plan de Ordenamiento Urbano Ambiental en San José, y como herramienta que permita desarrollar los planes nacionales y provinciales que se consigan, a través de un Ente Administrador especializado, que no se ha consultado, ni tampoco se ha invitado a participar en el recinto del HCD, a pesar de que cuenta en su haber con varios terrenos ubicados en el Barrio Loma Hermosa”.
Prohibición de innovar
Este jueves, la Jueza de Paz Elsa Vanerio emitió una resolución mediante la cual hizo lugar a la medida cautelar presentada por vecinos de Loma Hermosa, ordenando la prohibición de innovar, en tanto se resuelva la cuestión de fondo.

“Se funda la presente medida provisoria, como lo es toda medida cautelar, en que los requisitos de las medidas de este tipo están dados en la verosimilitud en el derecho, atento la documental presentada y los hechos invocados con los que se instaura la acción, atento al potencial peligro en la demora, ya que de comenzar con las obras, cualquiera sea el trabajo que se realice tan simple como extraer un árbol y a efectos de evitar gastos de la empresa constructora, del municipio de esta ciudad y de que se produzca algún tipo de impacto ambiental por el tiempo en el que el presente se encuentre en trámite y sin que estas expresiones signifiquen el adelantamiento de opinión alguna, aceptándose la caución juratoria en los términos y alcances previstos en la normativa vigente”, señala la magistrada.
Fuente: El Entre Ríos

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