En su parte resolutiva, el artículo primero precisa que son cinco los empleados sumariados, a quienes identifica como: Marcelo Fabián CASAL, quien revista en un cargo Categoría 5 - Personal Obrero y Maestranza; Cirilo Carlos PEISOJOVICH, con cargo Categoría 5 - Carrera Administrativa; María Evangelina ALARCÓN, Personal Extraordinario en un cargo Categoría 10 - Personal Obrero y Maestranza; Griselda Beatriz BENITTI, con un cargo Categoría 5 - Personal Obrero y Maestranza; y César Omar BORDÓN, con cargo Categoría 5 - Carrera Administrativa.
En los considerandos, el decreto recuerda lo sucedido con estas palabras: “en fecha 27 de Agosto del corriente, tuvo lugar el fallecimiento de una bebé recién nacida G.V.” y “presuntamente se entregó a la familia un cuerpo que no correspondía con el de la bebé recién nacida G.V., lo que fuera advertido por la familia en ocasión del velatorio”. Cuenta que “en fecha 28 de Agosto del corriente”, pudo “hallarse el cuerpo de la menor en la morgue del Hospital y siendo retirado por personal policial en el marco de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) en curso por ante la Unidad Fiscal de Concordia para realizar las pericias de rigor”.
A renglón seguido, el decreto asegura que una investigación llevada a cabo por las autoridades sanitarias, que incluyó un “relevamiento y pesquisa”, permitió “establecer los extremos fácticos de lo acontecido”.
Más adelante, se deja a salvo la actuación del personal de Neonatología y se citan expresiones de una empleada de la morgue que reconoce haber colocado el cuerpo de la pequeña en un freezer y haber olvidado asentar tal procedimiento “en el libro de registro”.
“El Protocolo de Manejo Seguro de Cadáveres del Hospital Masvernat fue cumplido y respetado por el personal de enfermería del Servicio de Neonatología, según las pautas establecidas en el mismo”, precisa. Y agrega: “de acuerdo a lo aclarado por las autoridades del nosocomio, a los fines de la identificación del cuerpo se realiza ficha de defunción en 3 juegos: una que es ubicada entre la ropa y el cuerpo; otra que es pegada con cinta adhesiva en la parte externa de la caja en que se coloca el cuerpo donde se lee en la explicación manuscrita “ficha de defunción que fue arriba del cuerpo, luego envuelto en sábanas y por encima otra ficha más”; y una tercera que se presenta al Servicio de Morgue”.
La persona que recibió el cuerpo en la Morgue procedente de Neonatología fue “la agente BENITTI, lo que es reconocido por la misma agente en su descargo de fecha 28 de agosto cuando afirma en nota dirigida al Sr. Coordinador de Seguridad que “(…) en día 27/08/25 siendo 6:30 y 8:30 (Franja Horaria), he recibido el cuerpito de (…), la cual fue colocada en freezer por tener toda las heladeras/nicho Nº 2 ocupadas, (…) Cabe mencionar que en el trajín de trabajo me he olvidado de asentar en el libro de acta dicha acción pero está asentado libro de registro de óbitos, la cual me responsabilizo”. El decreto resume más adelante que “los hechos investigados en sede administrativa se circunscriben a cuatro situaciones acontecidas en el Servicio de Morgue del Hospital Masvernat, tres de ellas presumiblemente acaecidas en fecha 27 de Agosto, consistentes en: a) el cambio de ubicación - de forma intencionada - del cuerpo de la menor G.V.; b) su ocultamiento; c) entrega de un feto al servicio fúnebre, por un lado, y por otro d) la posterior manipulación de la caja en que fue hallado finalmente su cuerpo en fecha 28 de Agosto del corriente”.
“Todas estas acciones –continúa-, absolutamente repudiables, que de ninguna manera pueden ser justificadas, salvo en la perversidad y el absoluto desdén por el sufrimiento de una familia en el momento más doloroso de sus vidas, como es la pérdida de un hijo, merecen una debida investigación y deslinde de responsabilidades en sede administrativa”.
Define a lo sucedido como “actos de profanación y ocultamiento desplegados por uno o más de los agentes involucrados”, que “vulneran una multiplicidad de derechos humanos y personalísimos, no solo de la familia en duelo sino de la bebé fallecida, principalmente, los derechos al nombre y a la identidad”.