La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público de Entre Ríos avanzó con la digitalización de trámites administrativos que involucran a asociaciones civiles, fundaciones y sociedades comerciales. Lo hizo mediante la resolución N° 013/2026, firmada el martes y publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa establece la incorporación de cuatro procedimientos a la plataforma digital Mi Entre Ríos, con el objetivo de simplificar las presentaciones, reducir el uso de documentación en papel y evitar que los interesados deban concurrir presencialmente a las oficinas del organismo.
En concreto, los trámites que pasarán a gestionarse mediante esta modalidad son:
. Comunicación de sede social: para asociaciones y fundaciones, siempre que el cambio de domicilio no implique una reforma del estatuto.
. Comunicación de renuncia o fallecimiento de autoridades: para asociaciones y fundaciones.
. Solicitud de autorización para utilizar medios mecánicos: destinada a asociaciones, fundaciones y sociedades comerciales.
. Comunicación de extravío de libros: para asociaciones civiles y fundaciones.
La resolución señala que la utilización de la plataforma permitirá no solamente presentar la documentación por medios digitales, sino también conformar y tramitar los expedientes íntegramente de manera electrónica.
Qué documentación deberán presentar
La disposición establece requisitos específicos para cada gestión y determina qué características deberán reunir los archivos digitales.
En términos generales, se admitirán documentos escaneados o digitalizados con firma ológrafa (manuscrita) o firma digital, siempre que cumplan con las exigencias legales y reglamentarias.
Los archivos no podrán superar los 10 megabytes y deberán presentarse en orientación vertical y formato PDF/A, en cualquiera de las versiones admitidas por la normativa. Cuando se trate de reproducciones digitales de documentos en papel, deberán utilizar una resolución de 150 PPI y escala de grises.
Para comunicar un cambio de sede social, por ejemplo, las asociaciones y fundaciones deberán presentar el formulario Foja Cero, una nota firmada por el presidente y el secretario, el acta de la comisión directiva o consejo de administración que resuelva la modificación y su correspondiente transcripción mecanografiada.
En el caso de las renuncias o fallecimientos de autoridades, se requerirá documentación que permita acreditar la situación y el reemplazo conforme a lo establecido en los estatutos. Entre otros elementos, deberán acompañarse la nota de renuncia -cuando corresponda-, las actas de aceptación y reemplazo, el registro de asistencia a la reunión y una nómina actualizada de las autoridades, con sus datos personales, cargos y períodos de mandato.
Por su parte, las entidades que soliciten autorización para utilizar medios mecánicos deberán presentar un dictamen técnico elaborado por un contador público o un síndico que reúna esa condición profesional.
Ese informe tendrá que describir el nuevo sistema de registración, los libros y registros que se utilizarán, el plan de cuentas y el mecanismo de archivo. También deberá incluir una opinión técnica sobre el cumplimiento de las exigencias previstas en la Ley General de Sociedades.
En este caso, el dictamen deberá contar con firma digital del profesional y legalización del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos.
Finalmente, para comunicar el extravío de libros, las asociaciones civiles y fundaciones tendrán que presentar una denuncia policial realizada por el presidente de la entidad, en la que se identifique el nombre del libro y, si se conoce, su número.
Cuándo comenzará a regir la medida
Un aspecto importante de la resolución es que, si bien fue firmada esta semana, su entrada en vigencia no quedó establecida a partir de la fecha de publicación.
El artículo 7° dispone expresamente: “La presente resolución entrará en vigencia a partir de la habilitación del trámite en la plataforma digital Mi Entre Ríos”.
Por lo tanto, la posibilidad de realizar estas gestiones de manera electrónica comenzará cuando el organismo habilite efectivamente cada procedimiento en el sistema.
Además, la resolución N° 013/26 deroga la resolución general N° 004/2024, que regulaba anteriormente la implementación de estos trámites digitales.
La medida se enmarca en el proceso de modernización administrativa impulsado por el organismo provincial y busca avanzar hacia un esquema de gestión con menos documentación física, presentaciones más ágiles y expedientes íntegramente digitales.