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Directivos de varias universidades, entre ellos Martín Acevedo Miño, de Facultad “Teresa de Ávila” de Paraná, expresaron en un documento las razones jurídicas y constitucionales por las que no debería ser aprobado el proyecto de aborto legal que será debatido en la Argentina.

“Las políticas públicas deberían tener siempre como objetivo trascendente el bien común e, inexcusablemente, la preservación de la vida del ser humano - de cada ser humano - y su desarrollo pleno en sociedad. La política de salud pública debería ordenarse a esto en particular”, expresan.
“Pretender una política de “salud pública integral” cuyo objetivo incluye “regular” la eliminación de los seres humanos más inocentes, no solamente constituye una contradicción en sí misma sino un incalificable agravio a la dignidad humana que repugna a toda conciencia recta”, explican los decanos.

Antes de dar sus argumentos, indicaron que “pero esto es lo que se pretende ratificar ahora: consolidar legislativamente el aborto como derecho cuyo ejercicio, además, debe ser garantizado por el Estado Federal en todos sus niveles; y ello con la “alternativa”, también garantizada por el Estado, de apoyar el embarazo de aquellas “mujeres que quieran tenerlo”. En definitiva, la negación de todo derecho a la vida del niño por nacer, cuya supervivencia dependerá de un supuesto derecho subjetivo de la madre a disponer de ella”.

Tras la introducción, resumieron en 4 puntos en los que hablan sobre la validez constitucional de los principios en los que se apoya el documento que fue enviado al congreso y refutan con argumentos jurídicos cada una de esas afirmaciones.

“Las Facultades de Derecho abajo firmantes consideramos un deber reiterar nuestra respuesta jurídica acerca de la importancia del derecho a la vida desde la concepción y su protección en el ordenamiento constitucional argentino. Resulta necesario el más amplio y profundo debate acerca de cuál es el contenido y alcance del orden jurídico constitucional argentino vigente en materia del derecho a la vida del niño por nacer, de la tutela acerca de la libertad de conciencia, de los derechos de las Provincias en materia de salud y educación y de la inviabilidad de pretender imponer normas como esta con carácter de “orden público”, antes de avanzar legislativamente con proyectos como el que se propicia y que ya han sido rechazados por el Congreso de la Nación en 2018”, señalan.

Además, remarcan que “en tanto no se demuestre de manera suficiente lo contrario, la supuesta “política pública” pro aborto y contraria a nuestra organización constitucional federal que describimos resulta un agravio a dicho orden jurídico fundamental cuya aplicación garantiza, en primer lugar, la más amplia protección y tutela de la madre y el niño desde la concepción, durante todo el embarazo y el tiempo de lactancia. Esto es así mientras no se reforme la Constitución Nacional y no se modifiquen por la mayoría de dos tercios de los miembros del Congreso que ella exige (art. 75, inc.22) los tratados internacionales sobre derechos humanos, en especial la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.

Como conclusión, los decanos expresan: “No se trata de razones religiosas, morales, ni de convicciones personales. Ellas existen, tienen una fuerte e inocultable presencia en nuestra sociedad y, sin duda, serán integradas al debate legislativo. Pero en nuestro caso, como Facultades de Derecho, queremos situar los argumentos en el plano del orden jurídico vigente desde el cual podemos y debemos efectuar nuestro aporte al servicio del bien común”.
El documento completo
Fuente: El Entre Ríos

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