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En la sesión extraordinaria de este viernes, presidida por Irma Bergalio y que tuvo como ausente al viceintendente Armando Gay, el Concejo Deliberante de Concordia aprobó el proyecto de ordenanza de reforma del artículo 4 del Código Tributario Municipal, por 8 votos contra 4 provenientes de los concejales de la oposición, quienes habían anticipado su rechazo, este jueves, por considerar "desmedidos" los incrementos planteados. El intendente Enrique Cresto llegó al recinto antes de que comenzara la votación y, en una reunión a puertas cerradas en cuarto intermedio, acordó con los ediles oficialistas suprimir el inciso B, uno de los más polémicos, el cual planteaba que las propiedades con frente a calles pavimentadas que carezcan de revoque adecuado o se encuentren en estado deficiente de pintura iban a tener un aumento del cincuenta por ciento (50%).
Modificaciones a la ordenanza
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Artículo 4° del Código Tributario Municipal-Parte Especial N° 35.418, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4º.- La tasa se aplicará con los adicionales que se indican en los siguientes casos:

a) Propiedades consideradas inhabitables, abandonadas o en estado ruinoso: trescientos por ciento (300%);

b) Propiedades con frente a calles pavimentadas que carezcan de revoque adecuado o se encuentren en estado deficiente de pintura: cincuenta por ciento (50%);

c) Propiedades ocupadas por cualquier clase de negocios, comercios, industrias, etc.: veinte por ciento (20%);

d) Terrenos baldíos, conforme a las zonas que se determinen en la Ordenanza Tributaria Anual, y, en los porcentajes que allí se establezcan.
e) Propiedades con falta de construcción de veredas y/o veredas en mal estado, hasta el Cien por Ciento (100%) de acuerdo a las zonas que se determinen en la Ordenanza Tributaria Anual.”

f) Propiedades comprendidas en la Zona T, en el porcentaje que determine la Ordenanza Tributaria Anual.”
Fuente: El Entre Ríos

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