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Incendios en el delta
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En su discurso por cadena nacional para anunciar un Decreto de Necesidad y Urgencia ómnibus, donde establece muy diferentes desregulaciones en materia laboral y económica, el presidente Javier Milei habló explícitamente de una “modificación de la Ley de Manejo del Fuego”. Pero luego, en el texto legal publicado en el Boletín Oficial, no aparece ninguna referencia al asunto.

“Se nos quemaron los papeles. O se olvidaron de incluirla o hubo una decisión en contrario a último momento”, publicó el sitio especializado Bichos de Campo.

La Ley 26.815 fue sancionada a fines de 2012 y promulgada por la ex presidenta Cristina Kirchner en enero de 2013. Pero luego, en diciembre de 2020, se promulgó la Ley 27.604 que la modificó para instalar ciertas prohibiciones, que ahora buscaban ser removidas por Milei.

El proyecto de reforma había sido promovido por diputados del Frente de Todos, entre ellos Máximo Kirchner, y fue muy criticado por el sector agropecuario, por cuanto determinaba que en casos de incendios “provocados o accidentales” de campos sería prohibida por 30 años “cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio”. También se prohibía la venta de los campos para loteos o proyectos de urbanización.

La suposición de los autores de esta iniciativa era que los productores quemaban de modo intencional los campos de su propiedad (especialmente en esos días se hablaba mucho de incendios en las islas del Paraná) para poder avanzar allí con el reemplazo del monte por agricultura. Por eso se ocuparon de explicitar que quedaba prohibida la modificación de uso del establecimiento “con el fin de desarrollar prácticas de agricultura intensiva, excepto en los casos que dichas prácticas antecedan al evento”.

La medida implicó un freno claro a la producción, por cuanto en todas las zonas agropecuarias, ya sean praderas, pastizales o áreas agrícolas, luego de la extinción de un incendio –más allá de cual sea el origen– no se podría, por el término de tres décadas, realizar en un campo afectado cualquier otra actividad agropecuaria que sea distinta al uso que la superficie tenía al momento previo del siniestro.

La Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias alertó que la norma “pone en riesgo seriamente la actividad productiva agrícola-ganadera en todo el país”, además de dar “por asumida la culpabilidad individual del propietario del campo, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia y condenando de antemano al productor de manera prejuiciosa”.

Los representantes de la Cámara Argentina de Inmobiliarias Rurales (CAIR) rechazaron “por completo” la iniciativa al considerar que la misma “denota un nuevo intento de avance sobre la propiedad privada, esta vez, bajo la cobertura de una supuesta protección ambiental”.

“Esto no resuelve el tema de los incendios, para eso hay que hacer políticas de prevención, de control y de manejo. Hay falta de conocimiento, están estigmatizando a los productores”, expresó durante el debate del proyecto el senador Alfredo de Angeli, que se había vuelto famoso en el conflicto por la Resolución 125, y que luego ingresó a la Cámara Alta en representación del PRO.

En el debate en el Senado, Laura Rodríguez Machado (Juntos por el Cambio; Córdoba) dijo que al proyecto “lo van a declarar inconstitucional, no resiste análisis ante los Tribunales porque el derecho de propiedad no se puede coartar por otra ley, la intencionalidad de los incendios no se puede adivinar y prohibir al dueño que haga otra cosa con su campo”.

Sin embargo, la ley sobrevivió hasta nuestros días. Y sobrevivió -por ahora- al DNU desregulador de Milei, al menos en su primera versión y a pesar de los anuncios.
Fuente: Bichos de Campo

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