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Ha tomado estado público un interesante informe acerca de la manera como comportamientos precedentes o situaciones que les ha tocado vivir, hacen que las personas lleguen a estar más propensas a cometer delitos.

Tenemos la impresión de que esa suerte de “tabla”, guarda un no lejano parecido con los regímenes para adelgazar rápido y sin dejar de comer, con los que tantos de quienes quieren exhibir una figura estilizada en las playas en la estación estival intentan hacer desaparecer abdómenes voluminosos y metafóricos salvavidas en las cinturas, que por así ser calificados no dejan de ser reales.

Es así como al respecto se indica que:

● Hacer el servicio militar aumenta el riesgo de que una persona cometa delitos más adelante.

● Aprender a utilizar armas de fuego, y la tardía entrada al mercado laboral que implicaba el paso por el servicio militar en la Argentina, aumentaba las posibilidades de ingresar en el mercado ilegal.

● Aumentar el subsidio que se les da a los presos recién liberados disminuye dramáticamente la reincidencia.

● Por lo contrario, darles un subsidio mayor a los presos, al momento de su liberación elimina la reincidencia inmediata -los robos que se producen el mismo día de la salida de la cárcel- que disminuye de un veinticinco por ciento casi a cero, cuando ese subsidio se cuadriplica.

● Pesa más la posibilidad de ser castigado que la severidad de la pena que le corresponde al delito según el Código Penal.

● Y, lo que es su consecuencia, es más efectivo entonces lograr condenas para mayor cantidad de delitos que aplicar grandes penas solo en algunos casos.

Como entre nosotros ya no se hace el servicio militar, no existe en la actualidad el aumento de riesgo por ese motivo. Lo cual no hace que pueda dejarse a un lado la subsistencia de esa propensión, tanto en el caso de lo que, luego de los tiempos revueltos vividos en la década negra de los setenta del siglo pasado, se conoció como “mano de obra desocupada” de una forma también eufemística, a lo que habría que agregar también ser un miembro separado de las fuerzas de seguridad, por una causal grave.

Pero lo que sí es digno de ser remarcado es la evaluación que se efectúa con respecto a la incidencia, que generalmente se considera positiva, entre la severidad de la pena y una disminución en el número de delitos cometidos. De allí que por el contrario se afirme, y lo repetimos, es más efectivo entonces lograr condenas para mayor cantidad de delitos que aplicar grandes penas solo en algunos casos.

¿Cuál es entretanto la explicación de esa aseveración tan contundente?

No otra que el de la impunidad, que es terreno más fértil para la proliferación de los delincuentes y de los delitos. O sea el contar con grandes posibilidades de delinquir y poder eludir la condena es la tentación más grande que se pueda imaginar para hacerlo.

Es que se debe partir de la base que no hay distintas categorías de delitos, sino simplemente delitos.

De allí que sea capcioso el argumento por el cual algunos jueces explican que el hecho que se prescriban las causas contra “peces gordos” –generalmente cuando se trata de burócratas o delincuentes de guante blanco- por el hecho que por exceso de trabajo “casualmente” ese tipo de causas quedan “cajoneadas”, ya que a la vez se da el caso de infinidad de causas por delitos menos que igualmente terminan en una vía muerta.

De lo que cabría tener por cierto, es que con otro nombre lo que de esa manera se propicia no es otra cosa que un sistema en materia de prevención y persecución del delito qua en la ciudad de Nueva York puso en práctica en su momento el alcalde Giuliani, y que tanta mala prensa ha recogido más allá de la forma en puedan ser evaluados los resultados de su aplicación. Es que de esa forma se utiliza como la mejor forma de prevención crear en la población conciencia que en la medida de lo posible, todo comportamiento transgresor de la ley será detectado por los funcionarios públicos competentes, individualizados sus autores, y luego de ello condenados a cumplir una pena.

Algo que parece ir en una dirección inversa a la que resulta en la práctica de la actual estructura judicial en materia penal, por la que -independientemente que la reforma que ha sufrido como consecuencia de la adopción de un régimen acusatorio en ese ámbito- se viene a buscar la forma de desbrozar el accionar judicial de la mayor parte de las causas originadas en hechos que constituyen “pequeños delitos” mediante reglas que, en no pocos casos, dejan de lado al mismísimo Código Penal, de manera de que los fiscales puedan avocarse a la investigación de hechos constitutivos de “delitos graves”, que desgraciadamente, a pesar de ese alivio, siguen en un número significativo de casos quedando impunes-

Postura que a pesar de su aparente rigurosidad, la que no es tal, sino que de lo que se trata es que toda transgresión a la ley sea seguida de una condena con una pena adecuada, no está en contradicción, sino por el contrario aparece como la contracara de pautas fijadas en un fallo reciente de un juez cordobés, frente a los flamantes “operativos de saturación policial” que se han comenzado a aplicar en esa capital mediterráneas.

Algo que ha llevado directamente al magistrado a señalar, en una especie de protocolo de actuación, que no se puede detener a una persona por el hecho de transitar sin llevar el documento de identidad, ya que no existe ninguna norma que obligue a hacerlo; detener o demorar a una personas por averiguación de antecedentes, lo que resulta absurdamente vejatorio si tiene en cuenta que los medios tecnológicos actuales permiten efectuar ese tipo de averiguación en minutos; que caminar entre los autos, desviar la mirada si lo para la policía o caminar en “actitud sospechosa” no justifican por si solo la acusación de “merodeo”.

Detectar los comportamientos transgresores y transitar libremente sin tener que dar cuenta de sus actos a la autoridad, deben conciliarse entonces en la búsqueda de lograr el castigo cuando corresponda y preservar la libertad, si nuestras acciones no ofenden el orden, la moral o perjudican a terceros.
Fuente: El Entre Ríos (Edición impresa)

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