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Pasaron más de ocho años sin que se reglamentara el artículo 213 de la Constitución provincial pero esta semana el Ejecutivo dio un paso para terminar con esa cuenta pendiente. Sin embargo el proyecto de ley que remitió al Senado encubrió el interés por restringir la actuación del Tribunal de Cuentas (TdC).

Dicho de otro modo: la discusión sobre el control externo previo del TdC al que alude la Carta Magna dejó entrever su verdadero propósito. Sirvió de excusa para revalorizar la competencia de la Contaduría General de la provincia en la mayoría de las licitaciones y adquisiciones de bienes y servicios.

Esa pretensión ya había sido anticipada con el dictado del decreto 280/17, a través del cual el Ministerio de Desarrollo Social (MDS) desconoció las observaciones que el organismo a cargo de Felipe Tomas realizara a la Licitación Pública 03/16. Una convocatoria efectuada para adquirir las telas con las que se están confeccionando las frazadas del Programa Cobijar.

La norma, como anticipara Elentreríos, no sólo llamó a desconocer la Acordada 284/16, con la que el TdC había regulado su intervención ante contrataciones de alta significación económica. Además el decreto 280/17 MDS propuso la redacción de un proyecto de ley para reglamentar el artículo 213 de la Constitución provincial. La elaboración quedó a cargo del Ministerio de Economía, cuyo titular, Hugo Ballay, delegó el tema a la Dirección de Asuntos Jurídicos de su cartera. Ese organismo requirió además los aportes de la Contaduría General y de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación.

La consulta a la repartición a cargo de José Gervasio Laporte no fue casual. El secretario legal y técnico fue quien elaboró el dictamen publicado como anexo del decreto 280/17 MDS. E incluso sugirió que la Acordada 284/16 del TdC fuese desconocida por la administración centralizada y descentralizada, entes autárquicos y empresas del Estado, aunque esa idea finalmente sólo se aplicó para lo dispuesto en el marco de la Licitación Pública 03/16.

El argumento fue que con su Acordada el TdC trató de cubrir el vacío legal que genera la falta de reglamentación del artículo 213 de la Carta Magna provincial, "arrogándose una facultad que la Constitución de nuestra provincia reservó clara y específicamente al Poder Legislativo". Esa pretensión, a criterio de Laporte, "fulmina de nulidad la insanable decisión del órgano de mención".

Sujeto a discusión


El proyecto que el Poder Ejecutivo envió a la Legislatura define cuáles son las contrataciones de alta significación económica: las derivadas de programas y/o proyectos financiados íntegramente por organismos internacionales de crédito, las que financie el gobierno nacional y aquellas que no cuenten con la partida presupuestaria correspondiente para su atención en el presupuesto del año en que se ejecuten.

Eso marca una gran diferencia de criterio con el TdC. Según su Acordada 284/16 las contrataciones de alta significación económica son "todas aquellas cuyo presupuesto oficial supera tres (3) veces el monto tope ministerial establecido para efectuar las licitaciones públicas comprendidas en el Régimen de Contrataciones del Estado y de diez (10) a veinte (20) veces según se trate de obra púbica de arquitectura o de ingeniería respectivamente". Además el Poder Ejecutivo precisó que el contralor del TdC "será de carácter obligatorio y externo y la intervención desde su origen tendrá la finalidad de verificar el cumplimiento del procedimiento del acto", lo que de ningún modo "implicará el control de mérito, oportunidad y/o conveniencia del gasto".

Según la iniciativa oficial el TdC "tampoco sustituirá al control que efectúa la Contaduría General de la Provincia, conforme su competencia constitucional y legal, como tampoco el control de la Fiscalía de Estado en cuanto a la legalidad de los actos de gobierno". La propuesta del gobernador Gustavo Bordet prevé que el TdC acceda a los pliegos de licitación, publicaciones de avisos de llamados, acotos de aperturas de ofertas y de proyectos de decretos de adjudicación o de declaración del fracaso de cualquier convocatoria.

La idea del Ejecutivo es que el TdC se expida "a través de sugerencias y/o recomendaciones que estime corresponder y que serán comunicadas al titular de la jurisdicción o entidad autárquica, según el organismo licitante".
Fuente: El Entre Ríos

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