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El Jurado de Enjuiciamiento rechazó, de forma cerrada, cualquier posibilidad de frenar el proceso de votación en el jury contra la suspendida procuradora adjunta y fiscal anticorrupción, Cecilia Goyeneche, y así paralizar el proceso que se sustancia por supuesto mal desempeño. El procurador general Jorge Amílcar García formuló en los últimos días dos presentaciones ante el Jurado de Enjuiciamiento para que se suspenda el proceso de jury a Goyeneche –iniciado el 30 de noviembre de 2021, por supuesto mal desempeño en la tramitación de la causa de los contratos truchos– y arguyó que resta pronunciamiento de la Corte tras la decisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a un recurso de amparo de la funcionaria suspendida. Pero el fiscal ad hoc Gastón Justet se presentó este viernes y pidió que se rechace “cualquier pretensión de paralización del proceso”.

En ese marco, el Jurado de Enjuiciamiento rechazó la petición del procurador por “improcedente”, declaró “abstracta” la resolución de la camarista María Andrea Pereyra, que pidió que se atendiera una resolución de la Corte y dispuso reingresar las actuaciones para “el dictado de sentencia”. La procuradora adjunta ha batallado en varios frentes para cuestionar el jury en su contra. Goyeneche presentó el recurso de amparo el 29 de diciembre del año último y apuntó contra la decisión que adoptó el Jurado de Enjuiciamiento el 30 de noviembre, cuando dispuso suspenderla en el cargo mientras dure el proceso de jury en su contra por supuesto mal desempeño de su función y, además, decidió apartar a todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y convocar a fiscales ad hoc para acusarla en el jury.

“Mediante dicho acto la demandada decidió la apertura del enjuiciamiento a la suscripta y, por mayoría de 5 votos, y en flagrante violación a las garantías constitucionales de legalidad de los actos públicos y división de poderes –en su aspecto de independencia judicial– y estabilidad en el ejercicio del cargo” –apunta– resolvió “la suspensión en sus funciones como Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, hasta el veredicto definitivo”. Además, el Jurado de Enjuiciamiento ordenó “separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal”.

El 25 de enero último, la jueza de feria Elena Albornoz había hecho lugar parcialmente a ese amparo de Goyeneche y tildó de “ilegítimo” el accionar del Jurado de Enjuiciamiento al haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora y convocar en su lugar a fiscales ad hoc. La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que “el órgano acusador ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche sea el Ministerio Público Fiscal representado por el Procurador General en los términos establecidos por el articulo 11 de la ley 9283”.

El caso llegó en apelación al Superior Tribunal de Justicia (STJ) por impulso de la Fiscalía de Estado por cuanto el amparo había sido presentado contra el Poder Ejecutivo. El 9 de febrero, con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, el STJ revocó el fallo dictado por la jueza Elena Albornoz, y declaró el amparo como “inadmisible” para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.

Goyeneche recurrió esa resolución y pidió ir a la Corte con un recurso extraordinario federal, pero se lo rechazaron. La presentación la hizo el 22 de febrero. Pero el máximo tribunal no actuó con prisa. Recién el 4 de abril hubo pronunciamiento: ese día el STJ, con los votos de los vocales Germán Reynaldo Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Fabiola María Livia Bogado Ibarra –integra la Sala III de la Cámara Laboral y se sumó como vocal ad hoc– y el voto en disidencia del vocal Bernardo Salduna, denegó ese camino. Por eso, al final Goyeneche llegó a la Corte con un recurso de queja.

El máximo tribunal federal, con el voto de sus cuatro miembros –Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti–, falló el martes 10 del actual a favor del planteo de Goyeneche por lo cual dictaminó que “se hace lugar a la queja interpuesta, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada”. Y devolvió el caso al STJ “a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento”.

El sábado 14 del actual quedó integrado el tribunal para tratar el planteo de fondo en el amparo que presentó Goyeneche. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con una integración distinta –Guillermo Federik, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral; Emilio Luján Matorras, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral (en disidencia parcial); María Gabriela López Arango, de la Sala Primera de la Cámara Tercera Laboral; y Pablo Andrés Vírgala, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná– resolvió aceptar la excusación del vocal Germán Carlomagno y rechazar las excusaciones de la vocal Fabiola María Livia Bogado Ibarra, presidenta de la Sala Primera de la Cámara Laboral, y de Bernardo Salduna, vocal del STJ.

De ese modo, se dejó integrado el tribunal que deberá resolver la acción de amparo de Goyeneche con los siguientes magistrados: Bernardo Salduna, Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, Pablo Andrés Vírgala, Gervasio Pablo Labriola, Alejandro Diego Grippo (los tres últimos del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná) y la presidenta del STJ, Susana Medina.

Este miércoles, el STJ ad hoc con el voto de los jueces Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, y la disidencia de Bernardo Salduna, revocó el fallo de la jueza Alboroz y rechazó el amparo de Goyeneche.

De ese modo, lo que sigue es la continuidad del trámite del jury a cargo del Jurado de Enjuiciamiento, que integran los vocales del STJ Gisela Nerea Schumacher, Daniel Omar Carubia y Juan Ramón Smaldone; el senador Armando Luis Gay y el diputado Gustavo Zavallo, del Frente Creer; y los abogados Verónica Mulone y Gonzalo García Garro. De surgir la decisión por la destitución –y no la absolución– Goyeneche también recurrirá ese fallo ante la Corte.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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