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Foto: Análisis.
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En la continuidad del juicio oral y público contra el exdiputado provincial y actual secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José Ángel Allende, acusado del delito de amenazas coactivas contra el periodista Martín Carboni, este miércoles se escucharon los alegatos finales de las partes.

El fiscal Álvaro Piérola, que llevó adelante la acusación en representación del Ministerio Público Fiscal, pidió la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y la realización por ese mismo tiempo de un curso sobre libertad de prensa y de expresión. El hecho que se le atribuye a Allende es que “el 30 de mayo de 2017, entre las 8 y las 10 de la mañana, en una entrevista en Radio La Voz, efectuó expresiones claramente intimidatorias hacia Carboni y su trabajo periodístico, aludiendo al crimen del reportero gráfico José Luis Cabezas”.

“Vos viste que a Yabrán no lo matan, porque Yabrán no se suicida porque él lo mató a Cabezas. Yabrán se suicida porque los alcahuetes de Yabrán, queriendo quedar bien, lo apretaron a Cabezas y se les fue la mano y lo mataron. Acá no sea que le pase al gobernador que algunos alcahuetes que tiene alrededor tomen ese tipo de actitud y lo terminen perjudicando”, dijo Allende en esa conversación radial. En el inicio de la jornada, que comenzó minutos antes de las 9, los abogados defensores hicieron un planteo solicitando incorporar como prueba la grabación en video de la denuncia que efectuó el periodista en mayo de 2017 ante la Fiscalía, lo cual fue denegado por extemporáneo. En cambio, se incorporó el resto de las pruebas planteadas en la jornada anterior.
Alegato de acusación
Al momento de los alegatos, Piérola señaló que “lo que se prometió probar aconteció, las pruebas incorporadas a la causa dan mérito suficiente para mantener la acusación y, en consecuencia, solicitar derribe el estado de inocencia y le imponga una pena”.

“Este hecho que se ha querido presentar (por la defensa) como un hecho desvanecido, sin importancia, es un hecho que además de estar probado tiene relevancia y además de tener una trascendencia jurídico penal, tiene trascendencia social altamente relevante, que no puede ser subestimada, ya que no solo afecta a la víctima sino que también trasunta un cercenamiento a intereses de igual jerarquía que tiene que ver con el trabajo de la prensa y la libertad de expresión”, planteó el fiscal.

Paso seguido, a modo de contexto y antecedentes que llevan al hecho denunciado, recordó detalles de las investigaciones periodísticas por diversas irregularidades en el ámbito del Ministerio de Salud que Carboni venía realizando para su medio, una de las cuales terminó en una causa judicial.

También repasó en detalle los dichos de Allende en la entrevista y destacó la frase: ‘Que se deje de hinchar, que se deje joder’, “lo que implica que deje de hacer su tarea periodística, es decir que deje de investigar”, sostuvo Piérola.

Respecto de la frase sobre Yabrán que utilizó Allende, el fiscal calificó que “es grave, porque demás al único periodista que se nombró con nombre y apellido en la entrevista es Carboni” y criticó el planteo de Allende respecto a que “Carboni entendió mal”. “Lo cierto que la referencia alude al crimen de un trabajador de prensa, y tampoco supo explicar Allende por qué hizo esa alusión al caso Cabezas, que es un caso gravísimo para Argentina”, planteó.

Cuestionó también que Allende, en su declaración del día anterior, “dijera que Cabezas era él y el gobernador sería Yabrán, porque en ese caso tampoco mencionó haber tenido temor de que lo pudieran matar” y consideró “forzada la interpretación”. “Esa sustitución de roles que propone Allende para explicar su expresión no es para nada creíble y sin ninguna duda se relaciona a las investigaciones periodísticas cuando dice ‘que se deje de joder’”, apuntó.

Al momento de analizar la culpabilidad del acusado, recordó que la pena máxima que impone el Código para el delito es de cuatro años, y definió como atenuantes “que Allende no reviste antecedentes penales y que su actitud posterior al hecho fue de expresar el afecto que sentía por Carboni”, pero detalló como agravantes “su calidad de funcionario público, la amenaza efectuada hacia un periodista, que no es lo mismo que sea a otra persona cualquiera; y la valoración necesaria respecto a la libertad de expresión y de prensa de todo el periodismo”.

Es así que cerró el planteo: “El tribunal tiene los elementos suficientes como para emitir sentencia de condena a Allende y responsabilizarlo en carácter de autor, único autor, por el delito de amenazas coactivas y, en consecuencia, la imposición de una pena de dos años de prisión de ejecución condicional más la realización de un curso, durante el mismo tiempo, sobre libertad de prensa y libertad de expresión”.
Alegatos de la defensa
Los defensores de Allende replicaron el alegato acusatorio del fiscal y negaron los hechos. Primeramente, Leopoldo Lambruschini señaló que “las investigaciones de Carboni eran contra el entonces ministro de Salud, Ariel de la Rosa, hombre ligado a UPCN” y “la vinculación de los dichos de Allende con las investigaciones de Carboni sería porque comparten el mismo signo político”.

“Allende no estaba interesado en las investigaciones ni le reclamó nada a Carboni, porque eran sobre De la Rosa. Allende era ajeno a ese conflicto porque no tenía incidencia en las resoluciones de ese ministerio”, sostuvo el abogado. Y reiteró: “Nunca dijo nada ni llamó a Carboni para reclamarle nada de las investigaciones que venían desde hacía un año. El único llamado que hizo fue cuando en una nota nombraron a su esposa. Los dichos de Allende nada tienen que ver con las investigaciones de Carboni”.

En este punto, aseguró que “el que marca agenda antes, durante y después de los hechos es Análisis Digital. Llama la atención que el fiscal mencionara la causa por enriquecimiento ilícito que surgió de una nota de Análisis, y todo lo consecuente al Rally de las princesas relacionado a ella. Con lo cual también llama la atención que Carboni se autoperciba como periodista que marcaba la agenda pública en la provincia”.

Dijo además que “Allende hace referencia en la entrevista de la radio a las operaciones de prensa hechas por el gobierno, no por Carboni, contra el gremio en el contexto de las paritarias, y allí introduce la referencia a Yabrán, no al caso Cabezas. Dado que hizo referencia explícita a los alcahuetes del gobernador, a quienes Allende les atribuye esas operaciones de prensa y alude puntualmente a (Edgardo) Kueider. ‘No sea que le pase al gobernador lo que le pasó a Yabrán, que los alcahuetes que tiene alrededor lo terminen perjudicando’”.

“Nada tiene que ver con esto Carboni, ni mucho menos sus investigaciones, con lo cual hay una interpretación capciosa de Carboni sobre los dichos de Allende. Entendemos que los dichos de Allende fueron tergiversados, nunca amenazó ni coaccionó a Carboni. Desconocemos las razones que llevaron a Carboni a malinterpretarlos”, consideró Lambruschini.

Por su parte, el abogado Maximiliano Rusconi calificó el alegato de la Fiscalía como “sorprendente y muy forzado” y releyó la frase que dio lugar a la denuncia. “Esto nunca debió llegar a esta instancia. No hay ninguna amenaza. En todo caso se puede discutir si es una frase irrespetuosa para el gobernador, pero Carboni no está en esta frase. En toda la entrevista, Carboni no está”, explicitó.

Y agregó que “en su testimonio, Carboni habla de los alcahuetes de Allende y claramente en ninguna parte dice eso. Habla de los alcahuetes del gobernador. Acá se nota el impulso, el esfuerzo de Carboni por ser parte de la entrevista”.

Reclamó además que “hubiera esperado en el alegato fiscal una relación más precisa entre los hechos y lo que dispone la norma. Porque acá, ¿cuál es la amenaza? Acá no hay ninguna amenaza, ni hay ningún elemento que muestre cómo Carboni puede ser sujeto pasivo de esa amenaza indefinida”. Y remarcó asimismo que “antes, durante y después del hecho, Carboni siguió haciendo su trabajo periodístico”.

Minimizó también Rusconi la frase “que se deje de joder” a la cual apuntó el fiscal y comparó: “Acá lo que pasó es que Yabrán se suicidó, ¿entonces cuál sería la amenaza?”. “Deberíamos llamar a un semiólogo para que analice la frase. Porque cualquiera que interprete con objetividad este texto se da cuenta que no hay ninguna amenaza ni hay ningún periodista”.

Agregó que “en el devenir de los hechos está claro que no hay intención de Allende de amenazar ni de amedrentar. No puedo creer que decir ‘dejate de joder’ sea parte de un contexto coactivo o amenazante”.

Para terminar, sostuvo que “si llegáramos a una condena batiríamos un lamentable récord porque se violaría el principio de legalidad; el principio de bienes jurídicos -en este caso la libertad-, el principio de objetividad, el principio de proporcionalidad (analizando si la frase merece la pena solicitada) y se violaría la garantía de la libertad de expresión” y solicitó “se dicte sentencia absolutoria y el cese inmediato de las restricciones impuestas, y que se tomen en cuenta las reservas hechas y el pedido de prescripción”.

Para culminar la audiencia, el juez Gustavo Pimentel anunció que el adelanto del veredicto será el 12 de mayo, a las 8.
Fuente: A W de Análisis

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