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Exdirectiva de una empresa se asignó beneficios salariales y la Justicia rechazó su demanda: el gobierno comenzó a recuperar el dinero

La Justicia entrerriana falló en contra de una exdirectiva de empresa que se atribuyó beneficios en el sueldo y detectó otras irregularidades.

 

El Juzgado del Trabajo de Paraná rechazó la demanda de Cristina Beatriz Maccio, quien, mientras presidía la Compañía Entrerriana de Gas (CEGSA), se nombró gerente de Legales y se asignó un adicional con una antigüedad de 40 años desde su matriculación como abogada. La sentencia impuso las costas a la demandante.

 

Detalles del caso

 

La controversia comenzó cuando la actual gestión provincial revisó la situación de Maccio y cuestionó los beneficios que se había otorgado mientras conducía la compañía. La ex funcionaria empezó a solicitar licencias para luego considerarse despedida e inició el reclamo judicial que ahora fue desestimado.

 

Según los antecedentes relevados por la actual administración y la información aportada por la representación legal de CEGSA, la empresa carecía de una tarifa que le permitiera facturar el transporte de gas, tenía sus obras paralizadas y mantenía deudas con Transportadora de Gas del Norte (TGN) por la operación y el mantenimiento del gasoducto. Mientras no generaba ingresos por transporte, sus autoridades percibían remuneraciones millonarias, con adicionales y acumulación de cargos remunerados.

 

En ese contexto, Maccio ejercía simultáneamente la presidencia y la Gerencia de Legales. Además, se había reconocido un adicional con una antigüedad de cuatro décadas para calcular sus haberes, tomando los años transcurridos desde su matriculación como abogada y no los servicios prestados en la compañía.

En la sentencia del 3 de noviembre de 2026, el juzgado consideró inválida su contratación laboral. Señaló que tenía un interés contrario al de la sociedad y que debió abstenerse de intervenir en su propia designación. El fundamento central es que no podía actuar al mismo tiempo como representante de la empresa empleadora y como la empleada contratada.

 

El fallo también examinó el tratamiento del adicional por antigüedad profesional en una asamblea extraordinaria de accionistas realizada en marzo de 2023. Consideró que el beneficio había sido incorporado de manera confusa y oblicua, sin una aprobación expresa de la contratación laboral ni del régimen salarial que se pretendía reconocer.

 

CEGSA rechazó el reclamo desde su presentación y la Fiscalía de Estado dictaminó en contra de su procedencia. Posteriormente, la asamblea de accionistas estableció que la antigüedad reconocida al personal debía corresponder a los servicios prestados dentro de la propia compañía.

 

En una actuación independiente de esta demanda, según informó la representación legal de CEGSA, también se detectó que Maccio no había declarado su condición de jubilada y había percibido importes vinculados a aportes previsionales que no le correspondían. La Caja de Jubilaciones ya está recuperando esos montos mediante descuentos.

 

Si bien es un fallo de primera instancia que aún no está firme, la resolución resulta muy trascendente, ya que coincide con el cuestionamiento sostenido por la actual gestión: quienes administran una empresa con participación estatal no pueden utilizar sus facultades para contratarse a sí mismos y asignarse beneficios personales.

 

Para el gobierno de Rogelio Frigerio, los recursos de las empresas con participación estatal deben destinarse a prestar servicios y ejecutar obras. Que una compañía tuviera sus obras paralizadas y acumulara deudas mientras sus autoridades se asignaban cargos y adicionales expresa una forma de administrar lo público que esta gestión decidió terminar.

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