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El juez de Garantías de Paraná, Mauricio Marcelo Mayer, rechazó el acuerdo de suspensión de juicio a prueba presentado por la Fiscalía y la defensa de los acusados de la causa que investiga el presunto pago de coimas por parte de firmas contratistas, propiedad del empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros, con el Estado durante el gobierno de Sergio Urribarri.

La Fiscalía, representada por Gonzalo Badano y Patricia Yedro, había alcanzado un acuerdo que estipulaba una salida alternativa de la causa de los imputados Alfonso José Campitelli y Jorge Adrián Zanabone, directivo y empleado de la firma Relevamientos Catastrales S.A, propiedad del empresario paraguayo Cardona Herreros. Ambos acusados del delito de dádivas en calidad de partícipes secundarios son defendidos por los abogados Alberto Sampayo y Juan Carlos Palacios.

Sin embargo, este martes el juez Mayer rechazó homologar el acuerdo puesto que, según dijo, sería contradictorio con la decisión que tomó al dictar el sobreseimiento de los acusados –Urribarri, Haidar, Ulrich y Cardona Herreros, entre otros– por la insubsitencia de la facultad de la Fiscalía para investigar, ya que aseguró que la causa estuvo paralizada durante 23 meses.

Fuentes judiciales señalaron que “el acuerdo de probation rechazado implicaba $13 millones de reparación económica al Estado y multa por parte de los imputados”.

La resolución que sobreseyó a Urribarri y compañía fue apelada por la Fiscalía y será analizada el 3 de junio ante el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Elvio Osir Garzón. La Fiscalía centra su postura en que es falso que la causa estuvo paralizada durante 23 meses, entre otros puntos.
La causa
Según la acusación, Campittelli y Zanabone participaron en la elaboración de la propuesta de la firma para ganar una licitación para implementar software en la Administración Pública y también recibieron pagos de coimas. Lo hicieron a sabiendas de que tenían información privilegiada sobre el pliego de condiciones antes de que se formalizará públicamente el llamado a licitación.

Al explicar su rechazo al acuerdo, Mayer señaló: “No puedo soslayar los efectos jurídicos del otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba en una causa en la que me he pronunciado que se encuentra fenecida y estimo que legitimar el acuerdo de partes en base al control formal y omitiendo un control sustancial, nos precipitaría en un escándalo jurídico por resultar contradictoria con el pronunciamiento realizado con los coimputados en la causa, me refiero a Urribarri, Haidar y Ulrich”.

“Estando en la misma situación procesal, habría resoluciones disímiles. Con esto no estoy omitiendo que la suspensión de juicio a prueba no implica reconocimiento de los hechos por parte de los beneficiarios. En el sobreseimiento concluí la insubsitencia para seguir investigando por parte de la Fiscalía, lo que en esta etapa del proceso implica la caducidad de la acción penal”, agregó.

“Uno de los defensores dijo que se arribaba a este acuerdo ponderando la chance que la resolución de sobreseimiento sea revocada y demande un tiempo prolongado para que adquiera firmeza. Debo valorar que esta ponderación va en desmedro del proceso”, señaló.
Qué es la probation
La suspensión del juicio a prueba, también conocida como probation, es una forma de extinción de la acción penal respecto del o los imputados que se comprometan a cumplir determinadas reglas de conductas durante un período de prueba fijado por un tribunal. Luego de cumplida la probation, el o los acusados son sobreseídos. De comprobarse su incumplimiento, pueden ser llevados a juicio.
El rol de los acusados
La imputación dice que en 2007, Urribarri “se interesó en favorecer” a la firma de Cardona Herreros y que para ello instruyó a funcionarios “para que aportaran información anticipada y gestionaran dichas contrataciones a favor de Cardona y su empresa, que se vio económicamente favorecida, pagando la Provincia sobreprecios en cada contratación, que fueron utilizados para realizar pagos a los funcionarios intervinientes, en contraprestación por la realización por gestiones pertinentes y actos relativos a sus funciones”.

Campitelli y Zanabone intervinieron –junto a otras dos personas de la empresa– “en la gestión de la contratación desde antes del inicio del trámite administrativo, pues contaban con información anticipada, que les posibilitó confeccionar los pliegos, y ajustar el precio final que iba abonar el Estado provincial por el servicio, dentro del cual estaba contemplado el porcentaje de sobreprecios, que se iba a distribuir entre funcionarios y la empresa beneficiaria, de conformidad a lo acordado entre Urribarri, Cardona Herreros y los funcionarios que integraban el grupo designado para la negociación”.

Los funcionarios envueltos, según la Fiscalía, en estas maniobras eran Carlos Haidar, director de Informática de la Provincia; Miguel Angel Ulrich, director general de Ajustes y Liquidaciones; José Gervasio Laporte, secretario Legal y Técnico de la Provincia; Luis Alfonso Erbes, subsecretario de Presupuesto y Finanzas de la Provincia; Humberto Flores, secretario de Hacienda de la Provincia; y Guillermo Smaldone, exministro de Trabajo.

La acusación agrega que “a cambio de la adjudicación de la obra, por las distintas intervenciones descriptas a lo largo del desarrollo del procedimiento licitatorio 01/08, Sergio Daniel Urribarri acordó con Cardona Herreros un sobreprecio identificado internamente por la empresa contratista con la sigla PLM que ascendió a la suma total de tres millones veintidós mil pesos ($3.022.000). De este monto, para funcionarios de Entre Ríos se destinó la suma de dos millones veintiún mil novecientos noventa y tres pesos ($2.021.993) distribuidos entre Sergio Daniel Urribarri, José Gervarsio Laporte, Luis Alfonso Erbes, José Humberto Flores y Carlos Marcelo Haidar. En tanto que, como ganancia extraordinaria para la empresa Relevamientos Catastrales S.A., se destinó la suma de un millón siete pesos ($1.000.007) que se distribuyó entre Diego Armando Cardona Herreros, Jorge Zanabone y Alfonso Campitelli”.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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