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La audiencia de cesura en el marco del primer juicio por jurados que se realizó en Entre Ríos y que declaró culpable a Carlos Iván Caminos por el homicidio agravado de Miltón Luna, el joven de 25 años que murió de un disparo en la cabeza en Paraná el pasado 25 de abril, se realizó sin la presencia del imputado. La Fiscalía pidió que se considere la pena de 24 años de prisión.
La audiencia
La audiencia, realizada en la mañana de este jueves en el Salón Nro. 2 de Tribunales, fue presidida por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Pablo Virgala; en tanto que el Ministerio Público Fiscal estuvo representando por los fiscales Santiago Brugo y Juan Malvasio.

También asistieron el querellante particular Francisco José Barbagelata Xavier y el abogado defensor Javier Aiani, en representación del imputado Caminos, quien no tiene obligación de asistir a la audiencia, según así lo dispone el artículo 91 inciso b) de la Ley 10746.

La Fiscalía solicitó durante la audiencia que se considere la pena de 24 años de prisión para Carlos Caminos, por el homicidio de Milton Luna. Para justificar dicha solicitud, los fiscales mencionaron que concretó el hecho en “un lugar descampado, utilizó un arma de guerra y efectuó dos disparos, uno de los cuales, fue en la cabeza”, señaló el fiscal Santiago Brugo.

En tanto, el querellante, Francisco José Barbagelata Xavier, adhirió al pedido de condena de la Fiscalía, como también el pedido de inmediata detención. Al respecto, solicitó que “se tenga en cuenta la peligrosidad de Caminos, que tuvo conciencia sobre el hecho que concretó y los actos que realizó para lograr la impunidad”, resaltó.

Por su parte, el defensor Javier Aiani, en su alegato, solicitó que “la pena, de ningún modo, supere los 15 años de prisión”, esgrimió el letrado.

El juez Pablo Virgala fijará la pena en el transcurso de cinco días hábiles a partir de la fecha la que será notifica a las partes.
¿Debía presentarse?
Respecto a la ausencia de Caminos en la audiencia, su abogado defensor había dicho que, “a criterio de la defensa, sí tiene que venir, por las características del sistema de defensa, el derecho adversarial de inmediatez que debe tener y las garantías que deben cumplir esta audiencia en particular sí debe concurrir”.

Previo al ingreso a la sala, Aiani comentó que Caminos estaba notificado para presentarse a las 9 y reveló que no tuvo contacto con él “desde el día posterior al que se dictó la sentencia del juicio por jurado”.

En el inicio de la audiencia, el juez Pablo Vírgala, aclaró que si bien la Ley de Juicio por Jurados, no contempla la presencia del imputado en las audiencias, el procedimiento se rige por el Código Procesal Penal, en el cual se establece que el imputado debe estar presente, para dar cuenta de su derecho de defensa, tanto en las audiencias de juicio como en la de cesura.

Además, mencionó que a su criterio, “interpretaba” que Carlos Caminos “tenía la obligación de estar presente”, indicó Vírgala.
CAMINOS CARLOS IVAN S/HOMICIDIO AGRAVADO
Fuente: El Once

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