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Luego de los hechos de violencia en los que fue protagonista el vocal del STJ Emilio Castrillón, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos envió una carta al Superior Tribunal en la que le adjudicaban a Castrillón haber remitido desde su teléfono personal, vía WhatsApp, “mensajes de hostigamiento a dos miembros de la Comisión Directiva” de la entidad: la presidente, doctora María Gabriela López Arango, y a la doctora María Andrea Morales.

En la misiva, la entidad le pidió a la presidente de la entidad que nuclea a los jueces que abra una “instancia disciplinaria” en la que se evalúe la conducta de Castrillón. El presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Martín Carbonell, respondió este lunes a la presidenta de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de la provincia, María Gabriela López Arango. Con especial énfasis en lo que indican artículos de la Constitución y de leyes del poder judicial, le hace saber que rechazaron su pedido.

En primer lugar, Martín Carbonell le explica que la respuesta que se acompaña ha sido adoptada en la reunión de Acuerdo Especial celebrada este lunes por la mañana. Al respecto, el Presidente del STJ, le informa a la denunciante que “de las atribuciones generales de Superintendencia previstas en el artículo 204 de la Constitución Provincial no emerge potestad disciplinaria que pueda ejercer el Alto Cuerpo respecto de sus integrantes, estando solo prevista la misma respecto de empleados inferiores del Poder Judicial, conforme el propio texto constitucional”.

Asimismo, aclaró que “la potestad sancionadora prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial Nro. 6.902 encomienda al Superior Tribunal el contralor de la conducta de todos los miembros del Poder Judicial en cuanto a la misma estrictamente se refiere al desarrollo de la actividad judicial y al ejercicio de la función”.

“Por otra parte, es especifica atribución del Poder Legislativo la de juzgar en juicio político a los miembros del Superior Tribunal de Justicia, no es de resorte de este Tribunal evaluar previamente, como Usted sugiere en sus líneas, si se está en una situación determinada frente a un caso que podría, o no, dar lugar a la remoción de un Vocal, para en este último caso someterlo a la pretendida potestad disciplinaria”, señala la misiva.

Finalmente, Carbonell le expresa a López Arango, que “en el marco del Acuerdo General Nro. 08/21 este Superior Tribunal consideró los sucesos acontecidos en la ciudad de La Paz y que tuvieron como protagonista a un integrante de este Alto Cuerpo, decidiendo que debía estarse a las resultas de las respectivas investigaciones”.

la reunión de Acuerdo Especial se llevó a cabo este lunes a las 9:30 en los Tribunales de Paraná y estuvieron presentes los nueve miembros del Alto Cuerpo, incluido el propio Castrillon.
Fuente: El Entre Ríos - SIC - STJ

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