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La Justicia de Entre Ríos hizo lugar a una acción de amparo y ordenó garantizar la extensión del recorrido del transporte escolar rural hasta el establecimiento La Esperanza, ubicado en el kilómetro 10 de la ruta nacional 14, para que cuatro chicos puedan asistir a la Escuela Nº 64 “Juan José Millán” de Perdices (departamento Gualeguaychú).

La demanda fue iniciada por los padres de dos alumnas, quienes explicaron que el micro escolar finalizaba su recorrido en el kilómetro 14, lo cual los obligaba a trasladar todos los días a sus hijas hasta ese punto para que pudieran llegar a clases.

Durante el proceso judicial, se sumó la situación de otros dos chicos que viven en el mismo paraje rural.

En un primer momento, el Consejo General de Educación (CGE) rechazó ampliar el recorrido argumentando que la extensión implicaba mayor organización institucional, demoras en el servicio y un aumento de costos. Tanto ese organismo como el Instituto Autárquico Becario Provincial (INAUBEPRO) sostuvieron además que el transporte escolar rural funciona con puntos de encuentro y no bajo un sistema “puerta a puerta”.

Durante la tramitación del amparo, las autoridades informaron que habían reorganizado el recorrido y que desde el 26 de mayo el transporte incluiría una parada en La Esperanza. Sin embargo, la Justicia consideró que esa reorganización no dejaba sin efecto el reclamo judicial.

La Sala Primera en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú resolvió que la negativa inicial afectó el derecho a la educación, el principio de igualdad de oportunidades, el interés superior del niño y el derecho al arraigo rural.

Por eso, condenó al CGE, a la Dirección Departamental de Escuelas de Gualeguaychú y al INAUBEPRO a garantizar de manera efectiva la extensión del recorrido -tanto de ida como de vuelta- hasta la finalización de la escolaridad de los cuatro menores de edad.

El tribunal remarcó que las razones presupuestarias y organizativas del Estado provincial no alcanzan para restringir el acceso efectivo a la educación en zonas rurales. La falta de transporte escolar, sostuvo, constituye una barrera material para ejercer ese derecho, y recordó que tiene la obligación constitucional y legal de garantizar que todos los niños puedan llegar a la escuela, sin importar dónde vivan.
Fuente: R2820

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