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Petit no fue. En la sala, sólo jueza y fiscales
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El Fiscal José Emiliano Arias pidió hoy a la Jueza de Apelación María del Luján Giorgio que deje sin efecto la decisión adoptada por el Juez de Garantías Darío Mautone que lo apartó de la investigación de la causa por presunto peculado, en la que está imputado, junto a otros funcionarios, el intendente de Concordia, Enrique Cresto.

Pero eso no es todo. Arias solicitó además que Mautone deje de ser el juez del caso, con el argumento de que incurrió en un "quebrantamiento de su imparcialidad".

En consecuencia, quedó en manos de la doctora María del Luján Giorgio decidir ya no sólo sobre la continuidad del fiscal de la causa sino también del juez de garantías. La magistrada dará a conocer su resolución el próximo jueves 25 de Abril a las 7:45.
El portazo de Petit
La primera sorpresa que deparó la audiencia fue la ausencia de la Doctora María de los Ángeles Petit, quien el miércoles a última hora presentó su renuncia al ejercicio de la defensa del imputado Guillermo Von Zellheim.

Impuesta de la novedad, la doctora María del Luján Giorgio anunció: "Habiéndose convocado la audiencia para las 7:30, tomo conocimiento de que no han asistido los representantes de la defensa que habían formulado por escrito la interposición de un recurso de apelación y, conforme a la normativa, no estando presente la defensa ni su representado, vamos a tener por desistida por tanto la apelación interpuesta".

Así, en apenas cinco minutos, se derrumbó el recurso de Petit contra la decisión de la Justicia de Garantías que había validado todo lo actuado hasta ahora por el Ministerio Público Fiscal en la investigación de la causa. Enseguida tomó la palabra el Fiscal Mario Guerrero, quien dio lectura a los cuatro hechos imputados a Enrique Cresto, Alfredo Francolini, Guillermo Von Zellheim, Jorge Mendieta, Oscar Alberto Santana y Héctor Zubeldía, además de precisar cuáles son los delitos en que habrían incurrido: "peculado" y "falsedad ideológica de instrumento público".
La cuestión de fondo: "¿Qué tipo de proceso penal queremos?"
Luego habló el Fiscal José Emiliano Arias, quien no dudó en aseverar que el juez Darío Mautone incurrió en "contradicciones" y "arbitrariedades manifiestas" al decidir separarlo de la causa que investiga el presunto peculado en la Municipalidad de Concordia.

Arias consideró que la determinación que adoptó Mautone, en caso de ser validada, tendría consecuencias mucho más allá de esta causa en particular, al erosionar pilares fundamentales del "sistema acusatorio" instaurado en Entre Ríos.

Definió a la "cuestión de fondo" apelando a un interrogante: "¿Qué tipo de proceso penal queremos?". O el "sistema acusatorio", respetando la ley 10407 que reserva al procurador y al coordinador de fiscales la potestad de apartar a un fiscal o, caso contrario, un sistema "con resabios inquisitivos", permitiendo que los jueces invadan las competencias del Ministerio Público Fiscal. Arias consideró que Mautone se contradijo al avalar por un lado la constitucionalidad de la 10407 pero a la vez desestimar su aplicación y optar por basar su decisión en otra ley, la 9754, más antigua y genérica.

"No hay que temer a la actuación, aún en exceso, de un fiscal, porque si un fiscal incurre en el mayor de los excesos, ¿qué puede hacer?, ¿puede allanar un domicilio? No lo puede hacer. ¿Puede hacer una requisa? No lo puede hacer. ¿Puede intervenir un teléfono? No lo puede hacer. Para todo eso está el juez. Por eso es importante proteger la figura del juez como persona imparcial dentro del proceso, que no se inmiscuye en la forma en que el fiscal ejerce la acción penal y sí para ponerle límites", enfatizó Arias, el insistir en uno de sus argumentos centrales: "La separación de las funciones entre el fiscal y el juez es de indudable importancia".

Insistió en ese punto al decir que "la separación de las funciones de perseguir y juzgar, además de ser el más importante de todos los elementos constitutivos del modelo teórico acusatorio, está íntimamente ligado al principio de imparcialidad y por eso es un presupuesto estructural y lógico de todos los demás".

"Se advierte claramente que si el juez se introduce en valorar cómo actúa un fiscal, impulsándolo a actuar de determinada manera, está desvirtuando la acción penal y es algo que tiene absolutamente vedado, no lo puede hacer. Y en el caso concreto quedó absolutamente demostrado que el juez no pudo sortear esta situación, porque se introdujo en la cuestión de fondo, en cómo se estaba llevando el caso desde el Ministerio Público Fiscal y terminó diciendo que había otros posibles sospechados que había que citar. Entonces, el juez está ejerciendo e impulsando la acción penal contra esas personas que habría que citar", remarcó.

Enseguida, se preguntó: "¿Qué pasaría si la fiscalía llama a declarar o imputa a Bordet y otros funcionarios que fueron citados en la audiencia? No caben dudas de que habría sido producto del ejercicio de la acción penal por parte del juez de garantías, a quien cabe, entiendo yo, por esa sola mención, apartarlo de esta causa por el quebrantamiento de su imparcialidad".
Falta de pruebas sobre el interés de Asueta
José Arias también ocupó un tramo de su exposición a su parentesco con Eduardo Asueta como excusa para apartarlo de la causa. Sin vuelta, sostuvo que la decisión de Mautone "prescindió absolutamente de cualquier prueba que refleje el presunto interés de Asueta en el resultado de este caso".

"Asueta no puede ser imputado en este caso porque no es funcionario de la municipalidad y tampoco es víctima del caso y no tiene ninguna otra participación. Por lo tanto, entender que cualquier conflicto que pudiera haber entre Asueta y alguno de los imputados pueda guiar la actuación de un fiscal me parece que constituye un exceso indebido, ilógico e infundado", dijo Arias.

También puso de relieve que Alfredo Francolini, una vez imputado, no formuló recusación alguna. "Cresto formuló recusación por otros motivos, que tenían que ver, como se dijo en la audiencia, con que se había enterado por los medios de la imputación, cuando quedó claro que me había llamado por teléfono el mismo día que se lo imputó, faltó a la verdad y eso lo llevó a desistir de recurrir el rechazo de la recusación. Ni siquiera recurrió ante al fiscal coordinador el rechazo de la recusación, porque eran absolutamente falsos los hechos en los cuales se apoyaba. Los únicos que alegaron el vínculo con Asueta fueron Von Zellheim y Santana. Este último tampoco recurrió una vez que se le rechazó la recusación. Sí lo hizo Von Zellheim, pero resulta que no participó de ninguna contienda electoral. O sea, el conflicto que invoca es inexistente. Ni siquiera Cresto y Francolini invocan el conflicto de intereses. Lo afirma Von Zellheim. No sólo que no está probado dicho conflicto sino que Von Zellheim es ajeno absolutamente a la contienda electoral", insistió Arias.
Contra la "creación pretoriana de la recusación sin causa"
Arias consideró que Mautone entendió las causales de recusación "de una manera insólita, porque es pacíficamente admitido en la doctrina y la jurisprudencia que toda interpretación de las causales son siempre restrictivas. Es absolutamente inapropiado lo que se hizo. Eso de que la recusación debe ser vista desde el punto de vista de los imputados implica algo plenamente subjetivo, que importa la creación pretoriana de la recusación sin causa", disparó.

"A esa recusación sin causa -explicó Arias- basta invocarla o afirmarla para que se concrete. Acá pasaría lo mismo, un imputado a quien no le guste el fiscal que lo investiga podría decir que siente temor, que siente que van a actuar en contra de él y bastaría eso para que se hiciera lugar a eso".
La intromisión de Mautone en la labor de los fiscales
Según José Arias, el juez Mautone "se metió a comparar la situación de los imputados de esta causa con otros". "Llegó a decir que sería un caso parecido a un homicidio con tres autores y que no se puede investigar solo a uno. Eso no solamente es inapropiado que lo diga el juez, porque constituye una intromisión en la acción penal, sino también que es falso, porque la Fiscalía tiene un criterio de selección y puede imputar a determinadas personas y no a otras. Esos criterios que utiliza el juez diciendo quiénes deben ser imputados y quiénes no son reservados absolutamente a los fiscales y que nada tiene que decir o valorar al respecto. Es una interferencia más del juez a la tarea de la fiscalía".

"Reitero la importancia de que los jueces asuman su rol -insistió Arias-, sabiendo que tienen el mayor poder de todos, que ningún fiscal puede hacer cosas que no pasen por el filtro de los jueces, por lo cual no hay que tenerle miedo al fiscal que actúa. Sí hay que tenerle miedo en todo caso a los jueces que no controlan lo que hace el fiscal".

"En este caso particular -recordó- el juez había tenido intervención previa en una requisa personal que solicité para Von Zellheim, con lo cual tuve que explicarle el caso, las imputaciones, las pruebas que había. A todo eso lo valoró el juez para autorizar la requisa. Ese control, en la medida en que es ejercido, disipa cualquier arbitrariedad que se pueda endilgar a la actuación de los fiscales. Son los jueces que tienen el poder y no tienen que sentirse abrumados porque no puedan decir qué fiscal actúa o cuál no. Eso último es materia propia del Procurador General y del Fiscal Coordinador. Por todo esto voy a solicitar que se revoque la resolución que hizo lugar a la recusación mía y que se aparte al juez", concluyó.
Fuente: El Entre Ríos

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