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Imagen: Análisis.
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Se trata de una iniciativa de un grupo de abogados defensores de los imputados en la causa que investiga un presunto perjuicio económico al Estado entrerriano, a través de la concreción de contratos en la Legislatura entre 2008 y 2018.
Precisiones en torno a la recusación
En una resolución fechada el 9 de junio, la jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, Marina Barbagelata, puso en conocimiento del Procurador General, Jorge Amílcar García, y la fiscal de Coordinación, Mónica Carmona, de las recusaciones presentadas por los defensores de Juan Pablo Aguilera y Alejandro Almada, de Alfredo Bilbao, Ariel Roberto Faure, Flavia Beckman, Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Pablo Balladares, María Jazmín Mena Gioveni, Viviana Giselle Mena Gioveni, Alejandro Ferreyra, Fernando Sarnaglia, Andrea De Martín, Nicolás Beber, Sergio Esteban Cardoso, Fabián Jorge Lázaro, José Javier Schneider.

Los letrados invocaron una violación del principio de objetividad en el escrito de remisión a juicio. Algunos cuestionaron el rol que tuvieron en 2019, cuando se conoció que la fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche -quien se apartó del caso- compartió un fideicomiso y una relación comercial con el imputado Pedro Opromolla en la propiedad de un departamento.

El Jefe de Fiscales y la fiscal de Coordinación deberán responder “si admiten la recusación o no”. En caso de rechazar las mismas, como seguramente se realice, la Oficina de Gestión de Audiencias “deberá fijar la audiencia que prevé la norma precedentemente citada, en la que las partes deberán producir la prueba de que intenten valerse -artículo 46 por remisión del artículo 60 del Código Procesal Penal”.

La magistrada también corrió traslado a la Fiscalía sobre un recurso de reposición y requerimiento de tutela judicial, interpuesto por la defensa de Jorge Enrique De Breuil; y de la resolución del juez Federal Nº 2, Edgardo Alonso, para que la causa pase a la Justicia Federal.
Pedido de la Fiscalía de Estado
En la misma resolución, la jueza de Garantías dispuso otorgarle 30 días más a la Fiscalía de Estado para que interponga la demanda como actor civil. No obstante, no hizo lugar al libramiento de oficio al Honorable Tribunal de Cuentas para que emita la pericia sobre el cálculo del perjuicio económico causado por cada imputado que tenía un contrato con el Estado.

“El plazo de 30 días para la parte civil se computará a partir del 31 de mayo de 2021, fecha en la que fuera notificada del requerimiento de elevación a juicio de la Fiscalía”, aclaró la magistrada.

Consultado al respecto por Entre Ríos Ahora, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, explicó: “Nosotros presentamos un escrito solicitando mayor plazo porque, si bien la pericia para la acción penal está hecha, falta la pericia para vincular el perjuicio concreto de cada imputado”. Este informe está a cargo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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