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En voto dividido, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó la prisión domiciliaria para el cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 a la pena de 25 años de prisión por abuso y corrupción de menores, y que desde abril de ese año cumple prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria ante el peligro de fuga, según la tesis del Ministerio Público Fiscal.

El cura había sido condenado el 6 de septiembre por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto. La sentencia fue confirmada en septiembre de 2019 por la Cámara de Casación Penal. Ahora, espera resolución una impugnación extraordinaria que tratará en breve la Sala Penal del STJ.
La pandemia
Con el voto de los vocales Claudia Mizawak y Miguel Giorgio, y la oposición de Daniel Carubia, la Sala Penal denegó el pedido formulado por la defensora del cura, María Alejandra Pérez, que argumentó que Escobar Gaviria debería ser incluido en los grupos de riesgo por los problemas de salud que padece y por eso mismo pidió que la prisión en una unidad carcelaria la pueda cumplir con la modalidad de arresto domiciliario, en una vivienda de la ciudad de Victoria.

El pedido de la representante legal del cura -que en 2016 fue denunciado por las monjas del Colegio Castro Barros, de Lucas González, por un primer caso de abuso- encontró el rechazo del Procurador General, Jorge Amílcar Luciano García, y del Defensor General, Maximiliano Benítez.
Los argumentos
En minoría, el vocal Carubia mostró su postura a favor de otorgar la domiciliaria a Escobar Gaviria. «Examinado el renovado planteo introducido por la defensa -si bien ha variado su fundamento, sustentado hoy en razones de salud-, no puedo sino reiterar mi postura en relación a lo interesado, toda vez que no se verifica variación alguna en las circunstancias fácticas y jurídicas valoradas en aquella ocasión, sólo la prolongación del plazo de detención sin sentencia firme, a lo que cabe adicionar las extraordinarias circunstancias generadas por la pandemia de Covid-19, y las particulares condiciones de salud del interno Escobar Gaviria (…), lo que sólo agrega un elemento de ponderación que refuerza mi convicción en orden a la incontrastable procedencia de la petición articulada».

Una opinión contraria planteó la vocal Mizawak al sostener que «más allá del esfuerzo defensivo de la presentante en pos de obtener el encierro domiciliario de su asistido, los argumentos que a tal fin se explicitan en modo alguno logran revertir la situación en que éste se encuentra cumpliendo con su prisión preventiva». La postura de Mizawak fue compartida por Giorgio, y así se dispuso no otorgar la domiciliaria al cura Escobar Gaviria, que seguirá en la Unidad Penal de Victoria.

Antes, un tribunal especial del alto cuerpo conformado en medio de la feria extraordinaria, había resuelto, con voto unánime, rechazar la excarcelación del sacerdote, en prisión desde el 21 de abril de 2017. En un fallo dictado el 18 de marzo último, con el voto del juez Miguel Giorgio, se rechazó la petición de los defensores del sacerdote.

«Aquí, a la luz de lo actuado en cambio se observa que la situación de Escobar Gaviria no ha variado y como se sostiene desde el Ministerio Público Fiscal la circunstancia de encontrarse con dos causas en trámite -la presente y una en trámite con fecha de debate fijada-con una expectativa en ambas de pena privativa de libertad, hace que no se pueda más que sostener que no hay nuevas circunstancias que conmuevan el peligro de fuga, incluso se mantienen las circunstancias de no poseer arraigo personal y familiar pero sí medios económicos que le permitirían evadirse de la Justicia», dijo Giorgio, postura a la que adhirieron los vocales Martín Carbonell y Susana Medina.

Ahora, lo que sigue es el tratamiento de la impugnación extraordinaria que planteó Esobar Gaviria ante la Sala Penal para la revisión de la condena de 2017 a 25 años de prisión. Será la última instancia de revisión de la condena del cura en la Provincia, que ya cuenta con dos fallos adversos.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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