A través de la resolución 4.649, el Gobierno de Entre Ríos explicó que se suspendió la matrícula, que lo habilitaba a trabajar en esta provincia hasta 2025, por "razones exhibidas en las noticias de prensa y las constancias judiciales de la sentencia" contra el médico. En este sentido, mantener vigente su matrícula sería una "concreta violación a las normas que rigen actividad, a la ética y al interés público y social".
En octubre de 2019, fue condenado a un año y dos meses de prisión en suspenso y dos años y cuatro meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, pena confirmada por otro tribunal, por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años que transitaba su quinto mes de embarazo producto de una violación.
“Una mujer embarazada a consecuencia de una violación, tiene el derecho a acceder a la práctica médica de un aborto no punible en dependencias de la salud pública y el acusado obstruyó ese proceso”, señalaron los jueces en el fallo.
Rodríguez Lastra se había establecido en Gualeguaychú con un consultorio privado, que deberá cerrarlo.