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Eliminación de datos, condena penal y exoneración: Provincia ratificó sanción contra empleada del Registro Civil

El gobierno de Entre Ríos confirmó la exoneración de una agente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, luego de rechazar un recurso de revocatoria presentado por la propia empleada contra la sanción aplicada a fines de 2025.

 

La decisión quedó establecida mediante el decreto Nº 1900/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial de la provincia, firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y refrendado por el ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia.

 

La agente involucrada es Luisina Antonella Perpetto, quien se desempeñaba como personal de planta permanente del Registro Civil a nivel provincial y había sido condenada en octubre de 2024 por el delito de daño agravado, en el marco de una causa tramitada ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná.

 

A partir de esa condena, el Ejecutivo había dispuesto su exoneración mediante el decreto Nº 3240/2025, dejando sin efecto una instrucción de sumario administrativo que había sido iniciada previamente.

 

El planteo de la agente

 

 

Contra esa decisión, Perpetto interpuso un recurso de revocatoria con patrocinio de los abogados Camila Bertochini y Gerardo Ormaechea, solicitando que se dejara sin efecto la sanción y se ordenara su reincorporación a la administración pública.

 

Entre sus argumentos, sostuvo que la potestad disciplinaria del Estado se encontraba prescripta, ya que -según su planteo- los hechos investigados habían ocurrido entre el 27 y el 29 de agosto de 2022, cuando se desempeñaba como encargada del Departamento de Recursos Humanos del Registro Civil.

 

La agente explicó que durante esos días, mientras se encontraba de licencia por enfermedad, eliminó datos que habían sido cargados previamente por ella misma, aunque afirmó que esa información pudo ser recuperada mediante copias de seguridad y que no se trataba de datos sensibles ni de una acción que hubiera generado un perjuicio patrimonial.

 

Además, señaló que la denuncia penal había sido realizada en octubre de 2022 y que la administración había tomado conocimiento de los hechos en ese momento, por lo que -según su interpretación- había transcurrido el plazo de dos años previsto por el artículo 69º de la ley Nº 9755 para aplicar sanciones disciplinarias.

 

Por ese motivo, solicitó la nulidad del decreto de exoneración y reclamó también una indemnización por lucro cesante, intereses y daño moral.

 

La respuesta del gobierno

 

 

El Ejecutivo rechazó los argumentos y sostuvo que la sanción no estuvo basada directamente en la eliminación de datos ocurrida en 2022, sino en la existencia de una sentencia penal firme por un delito cometido contra la administración pública.

 

En ese sentido, el dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia señaló que “no se encuentra en cuestión la prescripción de la acción disciplinaria”, debido a que la exoneración se fundamentó en la causal prevista en el artículo 72º inciso a) de la ley Nº 9755, vinculada a la condena penal.

 

La normativa provincial establece como causal de exoneración la existencia de una condena firme por delitos contra la administración pública.

Asimismo, se destacó que el artículo 73º de la misma ley contempla excepciones a la obligación de realizar un sumario administrativo previo cuando la sanción se aplica por determinadas causales, entre ellas la prevista en el artículo 72º inciso a).

 

“Resulta innecesario e improcedente instruir un Sumario Administrativo ya que la comprobación de los hechos y la responsabilidad del actor ha sido satisfecha penalmente, respetándose las garantías constitucionales del debido proceso y la defensa en juicio”, indicó el dictamen incorporado al expediente.

 

Fiscalía de Estado avaló la sanción

 

 

La Fiscalía de Estado intervino en el expediente y analizó específicamente el planteo de prescripción realizado por la agente.

 

En su dictamen Nº 265/2026, sostuvo que el trámite administrativo se inició luego de la sentencia penal dictada el 14 de octubre de 2024 en la causa “Perpetto, Luisina Antonella s/ Daño agravado”, y que desde ese momento hasta la aplicación de la exoneración no habían transcurrido los dos años previstos por la ley Nº 9755.

 

“El sustrato fáctico de la imputación efectuada a la agente recae en la existencia de una sentencia penal condenatoria por delito contra la administración prevista como causal de exoneración en el artículo 72º inc. a) de la ley Nº 9755”, expresó Fiscalía de Estado.

 

También consideró que no existió una actuación ilegítima por parte del Estado provincial, por lo que rechazó el reclamo indemnizatorio presentado por Perpetto.

 

La resolución final

 

 

Finalmente, el gobernador Rogelio Frigerio resolvió rechazar el recurso de revocatoria presentado por la agente y mantener vigente la exoneración dispuesta en noviembre de 2025.

 

El artículo primero del decreto Nº 1900/2026 establece: “Rechácese el Recurso de Revocatoria interpuesto por la Señora Luisina Antonella PERPETTO (...) contra el DTO-2025-3240-E-GER-GOB, de fecha 20 de noviembre de 2025, de conformidad a lo expresado en los considerandos de esta norma legal”.

 

De esta manera, quedó firme la decisión administrativa que apartó definitivamente a la empleada del Registro Civil provincial tras la condena penal por daño agravado.

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