Un joven de 23 años de edad, domiciliado en la ciudad de San José (Departamento Colón), fue declarado autor materialmente responsable del delito de “Comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor”.
Fue en el marco de la causa caratulada “ALMADA, Facundo Martín s/INFRACCIÓN LEY Nº 23.737” (arts. 5º inc. c., y 34 inc. 1º. de la Ley N°23.737 por adhesión Ley Provincial N°10.566), que fuera elevada a juicio oral desde el Juzgado de Garantías de Colón.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay -integrado por los vocales Fernando Martínez Uncal, Nicolás Gazali y Rubén Chaia- fue el encargado de dictar sentencia: cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales contempladas en el artículo 12º del Código Penal.
Una vez conocida la pena, el pasado lunes 28 de marzo fue concretada la lectura de la sentencia íntegra en una audiencia que tuvo lugar en los tribunales de “la histórica” (hasta el momento, la sentencia no se encuentra firme).
La Unidad Fiscal de Colón estuvo representada en el debate por el fiscal Juan Sebastián Blanc, en tanto que Almada contó con el patrocinio letrado del defensor oficial Gustavo Goyeneche. Actualmente, ejerce la defensa el abogado Gustavo Velzi.
Investigación “parcial, negligente y poco seria”
En la primera jornada del juicio oral, hubo un duro alegato defensivo que apuntó directamente a la labor del Ministerio Público Fiscal y su Investigación Penal Preparatoria, que así reprodujo -en su momento- el sitio digital 03442.com.ar.
Previo a su alegato, el doctor Goyeneche había manifestado que estaba ante un debate de gran importancia “dado que hay que ponerle racionalidad a la irracionalidad al poder punitivo del Estado, considerando que es increíble estar en un debate en donde se pretende condenar a una persona de 23 y un hijo de 4 años, juzgándolo por comercialización de estupefacientes”.
El defensor oficial señalaba que lo único hallado a su cliente era marihuana y, en esa línea, sostenía que Fiscalía “intentará hacer parecer a su cliente como un peligroso narcotraficante”, planteando que para eso estaba la Ley de Drogas “y no para castigar a un consumidor, porque Almada es un consumidor”.
Así fue que el abogado llegó a calificar la investigación como “parcial, negligente y poco seria”, cuestionando que para probar esta actividad “el fiscal (Blanc) tiene dos testigos que son policías y que trabajan para la Fiscalía”, a lo que sumaría una serie de informes practicados por éstos mismos.
“Mi defendido es consumidor desde los 13 años. En ese marco de consumo, formaba parte de un grupo junto con sus amigos y su pareja, que fuera también imputada en un principio, teniendo un pequeño hijo: fue una desproporción e irracionalidad más en este proceso”, disparó Goyeneche.
“No por eso es traficante -prosiguió el defensor oficial-, ya que todos ellos consumen, como lo hacen 1 de cada 20 jóvenes en nuestro país. Solo hubo marihuana y, le guste o no al fiscal, fue eso solo y mi defendido consumía con sus amigos y conocía el movimiento para conseguir la marihuana”, relató.
El día del hallazgo
Almada y su pareja habían sido detenidos -mientras que dos amigos suyos solo fueron identificados- el 1º de agosto de 2020, en el marco de un allanamiento realizado en su domicilio, ubicado en calle Doctor Anton al 1900 de San José.
En esa requisa domiciliaria, la División Toxicología de la Jefatura Departamental de Policía había incautado los siguientes elementos, de interés para la causa:
1. Tres teléfonos celulares android marca Samsung, dos tarjetas SIM personal y dos tarjetas de memoria externa.
2. Dos notebooks marca BGH y Sony.
3. Dos balanzas digitales: una de precisión y otra convencional, y un cuchillo.
4. Recortes de nylon varios.
5. Dinero en efectivo por la suma de $9800.
6. Sustancia vegetal (marihuana): 78,6 gramos.
7. Moto vehículo marca Honda modelo Wave.
8. Sobre con siete plantines de marihuana.
La imputación consistía en que, al menos entre los días 20 de julio y 1º de agosto de ese año, en diferentes horarios, el ahora condenado había comercializado marihuana en dosis fragmentadas para consumo, tanto desde su casa como bajo la modalidad delivery.