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La Justicia ordenó la detención de César Roberto Cepeda, un hombre acusado de haber abusado de sus dos sobrinas cuando eran menores de edad y estaban temporalmente a su cuidado en la localidad de Lucas González (departamento Nogoyá), caso por el que está siendo juzgado en la sede del Colegio de la Abogacía de Nogoyá mediante el sistema de juicios por jurados.

Mientras se tramitaba el proceso ocurrió un hecho escandaloso: al menos tres miembros del jurado popular dieron cuenta de maniobras de hostigamiento por parte de familiares directos de Cepeda. Uno, oriundo de Crucesitas, rompió en llano ante el tribunal porque temió represalias en su contra. Una segunda persona que integra el jurado popular recibió la visita de extraños en su trabajo; y un tercer jurado recibió “solicitudes de amistad” en sus cuentas de Facebook e Instagram de parte de personas que integran el círculo del acusado.

La consecuencia inmediata fue la decisión de aplicar prisión preventiva en la Jefatura Departamental de Policía para Cepeda, que está siendo llevado a las audiencias esposado, situación que se mantendrá hasta el final del proceso.

El próximo martes, un día antes de cumplirse exactamente seis años desde radicada la denuncia, el 1º de julio de 2020, está previsto que el jurado popular dicte el veredicto, entre dos opciones de hierro: culpable o no culpable. De resultar culpable, se lo mantendrá con restricción de la libertad.
En el proceso, el juez técnico es Dardo Tórtul, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, en tanto que el Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal Fernando Martínez.

A finales de 2025, la Justicia remitió a juicio el caso de abuso sexual denunciado en 2020: los papás de dos nenas acusaron al tío de graves cargos de agresión a la integridad sexual de las chicas. Cinco años después, la jueza subrogante de Garantías de Nogoyá, María Gabriela Tepsich, no hizo lugar a los planteos de la defensa de Cepeda, a cargo de Walter Martínez, y remitió el caso para que sea debatido por un jurado popular. Cuando todo empezó las nenas tenían 3 y 6 años de edad, respectivamente; hoy, 9 y 11 años.

En febrero 2024, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia anuló el pronunciamiento del entonces juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, que en septiembre de 2022 firmó la resolución de remisión a juicio oral de la causa por abusos a menores.

Los hechos, según denunciaron en 2020 los papás de dos niñas, sucedieron en la vivienda de Cepeda, donde ambas permanecían al cuidado de sus tíos mientras la mamá -separada del padre- cumplía con su horario laboral. Esa decisión de Acosta, remitir la causa a juicio, fue ratificada por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, Mauricio Derudi, el 28 de septiembre de 2022.

Pero el abogado Walter Martínez, defensor de Cepeda, acudió con una impugnación extraordinaria ante la Sala Penal, que dispuso anular la audiencia en la que el Juzgado de Garantías de Nogoyá remitió la causa de los abusos en Lucas González a juicio y ordenó “retrotraer las actuaciones al momento previo a dicho acto procesal, debiéndose encauzar el proceso a través del sistema de Juicio por Jurados”.

Además, el alto cuerpo encomendó a la Secretaría de Juicios por Jurados y a la Oficina de la Mujer del máximo tribunal provincial para que, “en forma conjunta y de acuerdo a las pautas que oportunamente se definan, instruyan a los miembros del jurado interviniente en procesos de esta naturaleza y de acuerdo a las consideraciones aquí referidas”.

Cepeda es la pareja de la hermana de la mamá de las dos nenas. Según la imputación fiscal en la apertura de la causa, se lo acusó de que, “durante el transcurso del período de aislamiento obligatorio decretado a nivel nacional (cuarentena), aprovechando la circunstancia de que la denunciante dejaba a sus hijas menores de edad (G. y C., de 3 y 6 años, respectivamente) al cuidado tanto de su hermana S.S. como del encartado Cepeda, en el domicilio que éstos habitan, en el horario de 13 a 16 o 20 a 22, dependiendo la demanda laboral de la madre de las menores, como así también en otros horarios donde la menor se quedaba en la casa de ellos en virtud de la relación de parentesco que los une, el incurso, valiéndose de la relación de confianza y rol que tenía respecto de la menor de 3 años G.N., en reiteradas oportunidades le dio besos en la boca y tocó por debajo de la ropa”.

Los fiscales Maite Burruchaga y Rodrigo Molina, de la Unidad Fiscal de Nogoyá, y el querellante particular, Mariano Navarro, pidieron 19 años de cárcel para Cepeda. Pero la realización del juicio se ha visto demorada por las sucesivas presentaciones del defensor de Cepeda.

Ahora, el caso no se resolverá mediante un proceso corriente sino a través del juzgamiento de un jurado popular. En su voto, el juez Miguel Giorgio, vocal de la Sala Penal, sostuvo que “no está en manos de las partes la elección de un modo de juzgamiento que resulta obligatorio en virtud de encontrarse vigente ya el nuevo sistema” y por lo tanto “la audiencia de remisión a juicio fue incorrectamente celebrada”.

Giorgio entendió que había que hacer lugar al planteo del fiscal Jorge Gamal Taleb, al considerar “atinado el aporte introducido por el representante del Ministerio Público Fiscal respecto a la capacitación con perspectiva de género propiciada para los miembros del Jurado”. Al respecto, sostuvo: “Cabe recordar que la perspectiva de género viene a introducir una mirada distinta del `sentido común` con que deben analizarse los hechos, prestando particular atención al contexto en que se producen y considerando a éste como parte del razonamiento jurídico”.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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