A partir de la sanción de la ordenanza Nº 2189, el tendido de los servicios y/u obras complementarias en proyectos de loteos podrá ser ejecutado por empresas privadas locales, bajo la supervisión técnica de la municipalidad.
Esto permitirá que aquellos propietarios de terrenos, pertenecientes a la planta urbana y colindantes a los que cuentan con servicios, puedan avanzar con su propio loteo, en menor tiempo.
A través de esta habilitación, desde el municipio esperan que a futuro aumente la disponibilidad de lotes en condiciones de ser utilizados para la construcción de nuevas viviendas.
A su vez, la norma permite que frentitas agrupados puedan tercerizar la ejecución de obras en sus cuadras, para lo cual inicialmente se contempla la posibilidad de hacerlo con cordón cuneta.
Para obtener la aprobación de la municipalidad, los proyectos de obra deberán cumplir con toda la documentación necesaria (planos, cálculos estructurales, cronograma de obra, presupuesto, etcétera), además de llevar la firma del proyectista y director de obra (profesional de la ingeniería).