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La Justicia hizo lugar a las recusaciones presentadas por los defensores de los condenados en el Megajuicio sobre dos vocales del Tribunal de Juicio de Paraná que debían resolver sobre el pedido de la Fiscalía de encarcelamiento de Sergio Urribarri, Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez. De este modo, el Tribunal que próximamente definirá este pedido de la acusación pública quedó conformado por Carolina Castagno, Elvio Garzón y Julián Vergara. Quienes analizaron las recusaciones de los vocales Juan Malvasio y Santiago Brugo fueron Julián Vergara, Carolina Castagno y Carola Bacaluzzo.

Los planteos recusatorios fueron formulados por los abogados defensores Miguel Ángel Cullen, Juan Antonio Méndez y Leopoldo Cappa, quienes sostuvieron que ambos intervinieron cuando eran funcionarios del Ministerio Público Fiscal en procedimientos de la investigación de las causas por corrupción que se ventilaron en el Megajuicio.

Cullen sostuvo que ambos Brugo y Malvasio fueron miembros del MPF en la investigación y fueron mencionados por los testigos y citados en la sentencia porque participaron en los allanamientos realizados, según las de esos procedimientos realizados el 1 de agosto de 2016. Además, esa participación fue tenida en cuenta por el Tribunal para dar validez a los allanamientos.

Cappa agregó que Malvasio reconoció su intervención en el allanamiento de calle Montesino, propiedad de Almada y Aguilera, por lo que no es un hecho controvertido, y rechazó que su intervención no fuera activa, y que solo se haya limitado a un control de legalidad del allanamiento.

El juez Brugo planteó su excusación debido a su participación en aquellos procedimientos en su entonces carácter de fiscal. Refirió que intervino como fiscal iniciando y desarrollando parte de la I.P.P. hasta que cesara su intervención en el mes de septiembre del año 2017, dictando decreto de apertura junto con la fiscal Patricia Yedro, de las investigaciones conocidas como “Cumbre del Mercosur” e “Imprenta”, produciendo numerosa evidencia y manteniendo un fluido trato con las partes; entre ellas los pedidos de allanamientos mediante los cuales se logró secuestrar el disco externo, prueba que a la postre se incorporó al juicio y del cual se extrajo información que sirvió de base de gran parte de las condenas.

En cambio, Malvasio rechazó la recusación porque sostuvo que solo se limitó a ejercitar un control de legalidad sobre el procedimiento realizado el 1 de agosto de 2016 del que estaban a cargo Brugo y Yedro. Afirmó que no tuvo consejo ni opinión del mismo en relación a la causa, en la cual no ha tenido intervención activa alguna.

El Tribunal que analizó las recusaciones sostuvo que "deviene evidente" la excusación de Brugo por su anterior intervención en el proceso como integrante del Ministerio Público Fiscal.

Y consideró que Malvasio también debía ser apartado: "Si bien se advierten diferencias en orden a la intensidad de la verificada respecto del Dr. Brugo, lo cierto es que el mismo tomó intervención anteriormente en la causa en otra función, a saber, como integrante del Ministerio Público Fiscal".

"Éste Tribunal entiende, que modo alguno puede calificarse como inocua la intervención previa del mismo en éste proceso, pues estuvo a cargo de uno de los allanamientos efectuados durante la investigación penal preparatoria, concretamente el realizado en el domicilio habitado por los condenados Luciana María Belén Almada y Juan Pablo Aguilera", agregaron los jueces.

Por lo tanto, hicieron lugar a los planteos de los defensores y en la resolución establecieron que "en consecuencia queda integrado éste Tribunal con los Sres. Jueces de Garantías N° 4 y 5 de ésta capital, Dres. Julián Carlos Vergara y Elvio Ozir Garzón, y quien preside, María Carolina Castagno, Vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones N° 1 de ésta capital."

Ahora se debe aguardar la fecha para la instancia en la cual se discutirá los pedidos de encierro para los tres condenados a prisión efectiva en el Megajuicio. Cabe recordar que el más comprometido es Pedro Báez, sobre quien el fallo quedó firme y ha pedido la prisión domiciliaria por razones de salud.
Fuente: Análisis

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