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Claudio Berón.
Claudio Berón.
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El hombre ya contaba con antecedentes por delitos del mismo tipo.
El caso
El Juez de Garantías de Nogoyá, Oscar Rossi, resolvió admitir el procedimiento abreviado solicitado por la fiscal Maite Burruchaga y el defensor Claudio Berón, en favor de un comerciante oriundo de la localidad santafesina de Chabas que estafó a una empresa entrerriana. La pena impuesta fue de un mes de prisión de cumplimiento efectivo, más el pago de la mercadería adquirida.

Se trata de Juan Manuel Salerno, un comerciante de 48 años, que fue declarado autor penalmente responsable del delito de Estafa. esta es la segunda condena que recibe el santafesino.

La causa se originó a raíz de una maniobra defraudatoria perpetrada contra la empresa Molinos Del Carmen S.R.L., ubicada en Nogoyá.

Según se detalla en la sentencia, el hecho ocurrió días antes del 6 de agosto de 2025, cuando Salerno se comunicó telefónicamente para coordinar la compra de harina. La transacción inicial se concretó el 6 de agosto de 2025, aproximadamente a las 14:30, cuando Salerno concurrió personalmente a las instalaciones de la empresa para realizar la compra. En total, se efectuaron dos entregas de harina 000.

La primera carga, enviada el 7 de agosto de 2025, correspondió a 1200 bolsas de 25 kilos cada una, por un monto de 13.300.000 pesos. La compra fue abonada con cuatro cheques a nombre de terceros, entre ellos uno de Banco Provincia por 4.500.000 pesos perteneciente a Agrofert Argentina S.A. y tres cheques de Banco Credicoop pertenecientes a Wecan Agro S.A., sumando un total aproximado de 13.300.000 pesos.

Posteriormente, el 13 de agosto de 2025, Salerno coordinó otra compra de harina y dejó un sobre con la inscripción “Juan Manuel” en la Estación de Servicio Puma ubicada en Presidente Perón y Circunvalación de Rosario, Santa Fe.

Este sobre, retirado por la madre de la denunciante contenía otros cuatro cheques como parte de pago, todos del Banco Santa Fe y pertenecientes a Summit Agro Argentina S.A., por un total de 13.300.000 pesos. La segunda carga de 1200 bolsas de harina 000, con un valor de 13.200.000 pesos, se envió el 14 de agosto de 2025.

La denunciante, tomó conocimiento a través de otro comerciante del rubro que Salerno ya había realizado negocios defraudatorios en Esperanza, Santa Fe, entregando cheques adulterados. Esta advertencia motivó a la víctima a consultar la autenticidad de los cheques aún en su poder en el Banco Nación. En la entidad bancaria, fue advertida de que los cheques estaban adulterados. La maniobra causó un perjuicio patrimonial, ya que la víctima había hecho entrega de las bolsas de harina.

En la audiencia, Salerno reconoció expresamente su autoría en el hecho, su responsabilidad y la evidencia en su contra. La calificación legal de Estafa fue elegida por la Unidad Fiscal porque se acreditó el ardid, el engaño efectivo y la causalidad con la disposición patrimonial perjudicial.

Durante el procedimiento abreviado, la Fiscalía y la Defensa valoraron positivamente que Salerno reparó completamente el daño patrimonial ocasionado a la víctima, una situación consultada previamente a la denunciante, quien brindó una opinión favorable a la solución del caso.

Además, se tuvieron en cuenta las circunstancias familiares del imputado, quien tiene cuatro hijos menores de edad y manifestó estar totalmente arrepentido por lo hecho, así como aspectos de vulnerabilidad socio-económica.

Sin embargo, a pesar de la pena mínima acordada, el informe del Registro Nacional de Reincidencias confirmó que Juan Manuel Salerno cuenta con un antecedente penal computable por el delito de Estafa, con una condena efectiva del 7 de marzo de 2024 a un mes y veinte días de prisión. Por tal motivo, el juez declaró al acusado reincidente.
Fuente: Ahora

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