Las personas interesadas en la convocatoria deberán tener en consideración los siguientes aspectos: residir en la localidad asiento en el que desempeñe su cargo (art. 17) inc. 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial); incompatibilidades según la Ley Nº 7413, Ley Nº 6902 y Ley Nº 514; título habilitante, antigüedad mínima y formación, según los previstos en el art. 16 LPF-10668 y los mencionados en el Acuerdo General Nº 02/21 del 18 de febrero de 2021, Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia (STJ); y disponibilidad horaria de acuerdo lo estipulado en el art. 10) de la Ley N° 5143.
En caso de cumplir con esos requisitos, se deberá ingresar aquí y completar el formulario, que estará disponible hasta el lunes 10 de noviembre a las 8.
Conforme meritúe el Superior Tribunal, podrán realizarse entrevistas a los aspirantes que, cumpliendo tales requisitos, cuenten con mayor formación en las temáticas previstas y experiencia.
Ley Procesal de Familia. LEY 10668. Art. 16): Requisitos para integrar el Equipo Interdisciplinario. Quienes integren los Equipos Interdisciplinarios deben poseer título habilitante en la disciplina de que se trate; haber ejercido la profesión ininterrumpidamente durante los últimos tres (3) años anteriores al de su designación, como mínimo y poseer especial formación en la temática de familia y perspectiva de género; rendir el concurso de idoneidad que prevea el Superior Tribunal de Justicia conforme reglamentación vigente acordada por el mismo.
Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21, Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia. Requisitos: Los profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos, cualquiera sea el carácter de la designación -suplente, interino, temporario o provisorio-: – Título profesional. – Ejercicio ininterrumpido de la profesión durante los tres (3) últimos años. – Especial formación en la temática de familia y perspectiva de género. – Especialización forense, siempre que se cuente con oferta académica. En los casos que no se cuente con oferta académica de especialización universitaria, y sólo para el cargo de Trabajo Social, se tomarán en cuenta las capacitaciones en dicha materia. Los cursos y/o talleres de especialización deberán haber sido realizados dentro de los últimos cinco (5) años a la fecha de la designación.
En la página web www.jusentrerios.gov.ar podrá encontrar las demás normativas citadas.