Más adelante, a propuesta del diputado Pedro Medrano nacido en la Isla Gorriti (actual territorio uruguayo), aunque representaba a Buenos Aires, se agregó “y de toda otra dominación extranjera”.
Por Bernardo Salduna
Los visitantes actuales de la histórica Casa de Tucumán, pueden contemplar en las paredes los retratos de los diputados actuantes, algunos, incluso, de territorios que hoy no pertenecen a la Argentina, como el “Alto Perú” (actual Bolivia).
A los turistas entrerrianos suele llamarles la atención la ausencia de diputados de su provincia en el congreso que declaró nuestra Independencia.
Algunos preguntan y, generalmente, el guía les da una respuesta breve y de circunstancias, más o menos en estos términos: “las provincias del litoral Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, las Misiones y también Córdoba, estaban bajo el mando de Artigas. Salvo la última, no mandaron representantes a Tucumán”.
Y acá viene la pregunta del menos avisado: ¿Por qué un prócer “uruguayo” mandaba y ordenada en provincias “argentinas”? y ¿por qué no quería concurrir a un Congreso donde se declararía la Independencia?
En realidad, ni el Uruguay ni la Argentina existían por entonces como estados soberanos.
El movimiento emancipador, iniciado en Buenos Aires en 1810, se extendía sobre un vasto territorio -antiguo Virreinato español- conocido como las Provincias del Río de la Plata.
El gentilicio “argentino” abarcaba a naturales de una y otra Banda.
José Gervasio Artigas, un “argentino de la Banda Oriental”, oficial de Blandengues con amplio prestigio en la campaña, no fue de los primeros en adherirse a la Junta surgida en Mayo de 1810.
Pero cuando lo hizo supo darle carácter popular a los principios revolucionarios, e interpretar mejor que nadie en esos momentos el sentir y el pensar de su pueblo: fueron épicas aquellas demostraciones de “democracia asamblearia” de los pueblos orientales, las heroicas batallas contra españoles y también portugueses, -San José, Las Piedras, la Muralla montevideana-, triunfos del “brazo argentino”, como lo llamara nuestro Himno Nacional.
Para culminar en la inmensa gesta del Éxodo de un pueblo entero, siguiendo a su jefe a través de las llanuras y cuchillas, hasta asentarse en el Ayuí en suelo entrerriano.
Ya en la célebre Asamblea del Año 13, convocada desde Buenos Aires, por la Junta, que gobernaba en nombre de Rey Fernando VII, Artigas instruyó a los diputados de la Banda Oriental a que “como previo y especial pronunciamiento” reclamasen la declaración formal de Independencia de España y de “todo otro poder europeo”.
Frente al centralismo porteño, y los intentos monárquicos de algunos hombres de Buenos Aires, levantó Artigas el principio de una gran unión de las Provincias del Plata, quizá también incluyendo a Paraguay, bajo el sistema republicano y federal.
Con el título, ganado en batalla, de “Protector de los Pueblos Libres”, extendió el jefe oriental su influencia a Entre Ríos; Corrientes; Santa Fe; las Misiones Guaraníticas, e incluso Córdoba.
Bajo su indiscutido liderazgo, convocó a un Congreso de Diputados de estos pueblos, que se reunió en Arroyo de la China, en junio de 1815.
Adoptaron el emblema federal en sus pabellones, pidieron la libre navegación de los ríos y habilitación de otros puertos y aduanas a más de Buenos Aires y tomaron diversas medidas de corte popular y democrático, como el reparto de tierras.
Cuando, en 1816, desde el Directorio porteño, Juan Martín de Pueyrredón invitó a Artigas a concurrir al Congreso que se proponía realizar en Tucumán, la respuesta artiguista fue “Ha más de un año que hemos enarbolado el estandarte tricolor (del federalismo) y se juró su Independencia absoluta y respectiva. Lo hará usted presente al soberano Congreso para su superior conocimiento”.
Esto es: bajo la égida de don José Artigas, Entre Ríos; Corrientes; Santa Fe; la Banda Oriental y las Misiones Guaraníticas, aunque no concurriesen materialmente al “soberano Congreso” del 9 de Julio, ya habían sido precursoras del pronunciamiento de Independencia, adelantándose en poco más de un año a la trascendental declaración.